PARA TITULARES DE DERECHOS
¿QUIÉNES SON?
Son las personas que pueden ejercer, promover y exigir derechos de cada uno de los grupos de atención prioritaria y en situación de vulnerabilidad y/o riesgo en el Distrito Metropolitano de Quito de manera individual o colectiva, pueden participar las y los miembros de organizaciones de hecho (sin acuerdo ministerial) por ejemplo: clubes de adolescentes, grupos de adultos mayores, organizaciones juveniles, entre otros.
En el caso de naturaleza y animales serán las y los defensores de sus derechos.
REQUISITOS
ORGANIZACIONES PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS
Se considera organizaciones para la protección de derechos a aquellas que se encuentran legalmente reconocidas (Acuerdo Ministerial), que como principal ámbito de acción y objetivo de funcionamiento están encaminadas hacia la protección de los derechos de las y los titulares de derechos de los grupos de atención prioritaria, en situación de exclusión y/o vulnerabilidad.
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