Situaciones de Alta Vulnerabilidad
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INFORMACIÓN BASICA

Derechos
A más de los derechos que le asisten rec+A2:B32onal y que se expresan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los trabajadores sexuales, hombres y mujeres por su condición de vulnerabilidad, tienen derecho a:

  • A la salud.- Acceder sin discriminación a servicios de salud con calidad y calidez
  • A no ser discriminados por su actividad
  • A una vida libre de violencia, tanto en el espacio público como privado
  • A ejercer libremente su trabajo
  • A no ser explotados-as ni sometidos-as a tratos degradantes
  • A no ser victimas de trata, tráfico
  • A Contar con un marco normativo nacional y local que les proteja y regule
¿Qué hacer?

Algunas sugerencias:

1. Reconocer si es un posible delito o contravención.

  • Delito: cuando te causan heridas, lesiones o golpes que te generen incapacidad (es decir que no puedas realizar tus actividades en la cotidianidad) mayor a tres días. En este caso debes poner la denuncia en una Fiscalía, la misma que iniciará la investigación pertinente. Para la sustanciación y juzgamiento de delitos de femicidio y de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar la autoridad competente serán las y los jueces especializados en violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar; en el caso de, que no exista en la sección territorial unidad especializada, serán competentes los jueces y juezas de garantías penales.
  • Contravención: cuando la lesión o incapacidad para el trabajo, no excedan de tres días (COIP, 2014, Art. 396, No. 4). Por lo tanto puedes poner la denuncia en UNA de las tres instancias:
  • La Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia – UVMF es un órgano jurisdiccional que puede conocer hechos y actos de violencia contra la mujer o miembro del núcleo familiar, dictar medidas de protección y sancionar al presunto vulnerador de derechos en caso de ser una contravención.
  • Las Juntas Cantonales de Protección de Derechos y las Tenencias Políticas son las autoridades competentes para otorgar las medidas administrativas inmediatas de protección que se encuentran establecidas en el artículo 51 de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra Mujeres. En los lugares donde no existan Juntas Cantonales de Protección de Derechos, las Comisarías Nacionales de Policía serán los entes competentes para otorgar las medidas administrativas inmediatas de protección.

2. En caso de identificar otras vulneraciones que no se vinculan con la integridad personal y están relacionadas con la prestación de un servicio que garantiza el goce de un derecho, se identifican tres niveles de actuación:

  • La autoridad institucional del servidor público o privado, quien deberá iniciar un procedimiento interno para determinar la pertinencia de la queja.
  • La autoridad del Ministerio del ramo o el Ministerio que le autoriza el funcionamiento de una entidad privada. La Defensoría del Pueblo, quien patrocina de oficio o a petición de parte, los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados (Constitución de la República del Ecuador artículo 215 No. 1).

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Servicios de Atención

Ofrecen servicios de atención los siguientes organismos:

  • Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia
  • Unidad Multicompetente
  • Fiscalía Provincial de Pichincha
  • Defensoría del Pueblo
  • Defensoría Pública
  • Policía Comunitaria
  • Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
  • Centros de Equidad y Justicia del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito
  • Ministerio de Salud

PARTICIPACIÓN

La Participación ciudadana en todos los asuntos de interés público está reconocida en la Constitución de la República del Ecuador como un derecho a ser ejercido por todos los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. (CRE, Art. 95).

Para el efecto reconoce la existencia de diversos mecanismo de participación, entre otros: veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios…y las demás instancias que promueva la ciudadanía.

Estos mecanismos también están recogidos en la Ordenanza 188 que regula el Sistema de Protección Integral en el DMQ, bajo el título de Organismos de vigilancia, exigibilidad y control social, los que se reconocen como parte del Sistema de Protección Integral y se definen como “…organismos de la sociedad civil encargados de la vigilancia y control social de las políticas, programas, servicios y recursos para el cumplimiento de los derechos de los Grupos de Atención Prioritaria…”.

Consejos Consultivos

Qué son los Consejos Consultivos?

La Ordenanza 188 incluye a los Consejos Consultivos de Protección de Derechos como organismos de carácter consultivo, participativo, integrados por los titulares de derechos y/u organizaciones que los representen y tienen como objetivo asesorar al Consejo de Protección de Derechos del DMQ, designar sus representantes al Consejo, canalizar las problemáticas y necesidades de los grupos representados y facilitar insumos y/o propuestas de políticas públicas para la igualdad y no discriminación.

Ver más – pdf

Cada Consejo Consultivo de Derechos estará integrado por los delegados de su grupo de atención prioritaria, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo más los representantes de las organizaciones debidamente reconocidas y que trabajan por los derechos de su respectivo grupo.

Existen 10 Consejos Consultivos de Protección de Derechos, donde pueden ser presedntadas y acogidas las problemáticas relacionadas con las situaciones de vulnerabilidad mencionadas. Los siguientes:

  1. Niños, niñas y adolescentes
  2. Jóvenes
  3. Mujeres
  4. Adultos mayores
  5. Pueblos y nacionalidades indígenas
  6. Pueblo afrodescendiente
  7. Movilidad Humana
  8. Discapacidades
  9. Diversidad sexo genérica
  10. Naturaleza y animales

Cada Consejo Consultivo está conformado por 25 miembros: 16, representantes de titulares de derechos de las ocho zonas administrativas del Distrito Metropolitano de Quito (dos por cada administración zonal); y 9 representantes de organizaciones que trabajan en protección de derechos de los diferentes grupos. De esta manera se logra lo siguiente:

  • Una representación de todo el territorio del Distrito Metropolitano de Quito;
  • Una amplia representación de titulares de derechos (16 de 25) que proveen la visión real y sentida de la protección de los derechos de su grupo;
  • La participación y apoyo técnico de las organizaciones que promueven y protegen los derechos de las personas de los grupos priorizados y en situación de vulnerabilidad;

Cada uno de estos consejos consultivos o varios de ellos podrán trabajar individual o coordinadamente en temas de protección de derechos de personas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad, como es este caso.

Redes

Qué son las Redes?

Las Redes son espacios de articulación abiertos y están integradas por diversos actores del Sistema de Protección Integral donde, se establecen vínculos y se comparte una visión común, frente a los derechos de los grupos de atención prioritaria y en situación de vulnerabilidad, así como recursos humanos, técnicos y económicos. Las relaciones dentro de la red son funcionales y los períodos de funcionamiento son cíclicos (CPD/Compina en transición, 2016). El objetivo de las redes es promover la garantía, acceso y ejercicio de los Derechos Humanos, a través de acciones relacionadas con la prevención, protección, restitución, exigibilidad e incidencia.

Se puede recurrir a:

  • Red de Atención y Prevención de la Violencia Intrafamiliar (RAP-VIF-Sur) Integrantes: CENIT, Aldeas Infantiles SOS, Fundación Casa de Refugio Matilde, Proyecto Salesiano, CEJ Eloy Alfaro, HIAS, Tierra Nueva, Unidad de salud Guamaní, TESPA, Su cambio por el cambio, Sala de primera acogida del Hospital Enríquez Garcés, Minadores de sueños Objetivos:
  • Contribuir a la disminución de la VIF – G – MI y VS, a través de un trabajo interinstitucional y articulado de las organizaciones que conforman la RAP VIF SUR Líneas de Acción:
  • Participación • Prevención • Capacitación • Incidencia

Equipo coordinador de la Red:

Fundación Casa de Refugio Matilde

Contacto: 0995173572 administradora del grupo

Mesas

Qué son las Mesas?

Son espacios participativos y de seguimiento que propenden a la implementación de políticas públicas. La autoridad municipal pertienente conovoca a los diversos grupos y personas naturales a espacios de participación e interacción con las instituciones y autoridades municipales y entre ellos para el desarrollo de rpoyectos inclusivos e impulsar la promoción de derechos.

En el DMQ, se crearon por Ordenanza dos Mesas Representativas: la de LGBTI (Ordenanza No. 554) y la de Movilidad Humana (Ordenanza No. 271).

Observatorios

Qué son los Observatorios?

El Observatorio Ciudadano es un mecanismo de Control Social que se constituye por ciudadanos/as u organizaciones ciudadanas que estén interesadas en elaborar en conjunto con la academia y expertos, diagnósticos, seguimiento técnico e independiente para impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de la política pública. Los ciudadanos y ciudadanas participantes no deben tener conflicto de intereses con la política pública a ser observada.

El Observatorio ciudadano especializado en violencia contra las mujeres del DMQ es un mecanismo de control social constituido por ciudadano/as que buscan elaborar en conjunto con experto y/o Academia diagnóstico, seguimiento técnico e independiente para impulsar, evaluar y monitorear la política pública especializada en violencia hacia las mujeres en el DMQ.

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HERRAMIENTAS DE POLÍTICA PÚBLICA

Normativa internacional

Declaración de los Derechos Humanos:

Inspira la promoción del respeto universal y el goce de los derechos humanos, por todas las naciones y los pueblos. Solicita medidas progresivas para el reconocimiento universal y la aplicación efectiva de los derechos humanos.

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DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

Proporciona una definición precisa y completa de la violencia contra las mujeres, y clarifica los derechos por aplicar en aras de eliminar la violencia contra las mujeres. Pide que los Estados asuman la responsabilidad.

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DECLARACIÓN Y PLATAFORMA DE ACCIÓN DE BEIJING (ONU MUJERES, 1995).

Define y establece los objetivos estratégicos y medidas para el progreso de las mujeres y el logro de la igualdad de género.

Normativa Nacional

Constitución de la República del Ecuador (2008):

Reconoce a las personas con discapacidad dentro del grupo de personas que requieren atención prioritaria y establece claramente las obligaciones del Estado respecto de la protección y garantía de sus derechos, los mismos que se plasman en un gran número de articulados.

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Acuerdo Ministerial No. 0000261 de 24 de mayo de 2007 el MSP autorizó la publicación de la “Guía Nacional de Normas y Procedimientos de Atención Integral a Trabajadoras Sexuales” la misma que fue elaborada con la colaboración de un amplio número de organizaciones civiles a nivel nacional. Esta guía buscaba actualizar, fortalecer y estandarizar las normas de los servicios de atención de las ITS en razón de que se aplicaban diversos criterios que no permitían que los servicios de salud sean aborddos adecuadamente y de forma integral para las trabajadoras sexuales del país. Uno de los avances que se consiguió con esta guía y que no fuew abordados en el Plan Estratégico VIH/SIDA 2007-2015 fue la creación de una Tarjeta de Salud Integral en lugar del Carné Profikáctico Provincial.

Normativa Local

Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial MDMQ 2015-2025

Este documento contiene el componente estratégico o propuesta del Plan Estratégico Metropolitano de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial del Distrito Metropolitano de Quito, que tendrá vigencia en el decenio 2015 – 2025. Las directrices, políticas, objetivos que están contenidos en este Plan, determinan el ámbito de actuación y de responsabilidad tanto de la ciudadanía como de las autoridades e instituciones.

Se estructura en tres ejes:

  • Quito: Ciudad inteligente para la gente,
  • Quito, Ciudad Solidaria, y
  • Quito, Ciudad de Oportunidades

Dentro de Ciudad Solidaria se encuentran tres políticas:

  • Política S1: Garantizar una política social intercultural que promueve la cohesión, la igualdad y los derechos humanos
  • Política S2: Fortalecer el tejido social, impulsando su participación en la construcción de políticas públicas y el desarrollo a través de una gobernanza cercana y transparente.
  • Política S3: Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de Quito.

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Ordenanza Metropolitana 188, Que implementa y Regula el Sistema de protección Integral en el DMQ.:

Con la finalidad de brindar protección integral a los grupos de Atención prioritaria consagrados por la Constitución y aquellos que se encuentran en situación de exclusión y/o vulnerabilidad, entre ellos las personas con discapacidad.

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OTROS INSTRUMENTOS DE POLÍTICA PÚBLICA

Planes

Plan Nacional de Desarrollo. Toda una vida 2017-2021

El Plan Nacional de Desarrollo es el principal instrumento del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa (SNDPP), y su objetivo es contribuir al cumplimiento progresivo de:

  1. Los derechos constitucionales;
  2. Los objetivos del régimen de desarrollo y disposiciones del régimen de desarrollo (a través de la implementación de políticas públicas);
  3. Los programas, proyectos e intervenciones que de allí se desprenden.

Eje 1: Derechos para Todos Durante Toda la Vida

• Objetivo 1: Garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las personas

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En el año 2006, el Estado y la sociedad civil lograron consensuar el Plan Estratégico Multisectorial de la Respuesta Nacional al VIH/SIDA para el periodo 2007-2015 como una herramienta para dar respuesta a la problemática de la propagación de esta enfermedad que genera un riesgo a la salud de la población ecuatoriana a nivel nacional.

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Rutas
Para mayor información ver:

Ruta de Atención, Protección y Restitución de Derechos de Mujeres en situación de violencia en el Marco del Sistema de Protección Integral.

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DOCUMENTOS TÉCNICOS

Estudios Investigaciones
Resultados de una investigación sobre la industria del sexo en Quito enfocándose en la participación de mujeres migrantes colombianas.

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INCIDENCIA

Informes de Formulación de PP
  • Agendad de Protección de Derechos de las mujeres.
  • Consejo de Protección de Derechos del DMQ, 2017.
  • Agenda de protección de derechos de población de diversidades sexo genéricas.
  • Consejo de Protección de Derechos del DMQ, 2017.

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Informes de Observancia a la PP y servicios
Informe de Observancia de política Pública a la Norma Técnica de Atención Integral en violencia de género, Consejo de protección de derechos del DMQ, Quito, 2016.

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INFORMACIÓN BASICA

Derechos

A más de los derechos que le asisten en la norma iunternacional y que se expresan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las personas víctimas de trta y tráfico, por su condición de vulnerabilidad, tienen derecho a:

  • Derecho a la vida, a la integridad y a la seguridad personales
  • Derecho a la educación
  • Derecho al trabajo y a los derechos humanos laborales – Derecho a la salud – Derecho al acceso a la justicia y protección especial.

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¿Qué hacer?

Algunas sugerencias:

1. Reconocer si es un posible delito o contravención.

  • Delito: cuando te causan heridas, lesiones o golpes que te generen incapacidad (es decir que no puedas realizar tus actividades en la cotidianidad) mayor a tres días. En este caso debes poner la denuncia en una Fiscalía, la misma que iniciará la investigación pertinente. Para la sustanciación y juzgamiento de delitos de femicidio y de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar la autoridad competente serán las y los jueces especializados en violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar; en el caso de, que no exista en la sección territorial unidad especializada, serán competentes los jueces y juezas de garantías penales.
  • Contravención: cuando la lesión o incapacidad para el trabajo, no excedan de tres días (COIP, 2014, Art. 396, No. 4). Por lo tanto puedes poner la denuncia en UNA de las tres instancias:
  • La Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia – UVMF es un órgano jurisdiccional que puede conocer hechos y actos de violencia contra la mujer o miembro del núcleo familiar, dictar medidas de protección y sancionar al presunto vulnerador de derechos en caso de ser una contravención.
  • Las Juntas Cantonales de Protección de Derechos y las Tenencias Políticas son las autoridades competentes para otorgar las medidas administrativas inmediatas de protección que se encuentran establecidas en el artículo 51 de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra Mujeres. En los lugares donde no existan Juntas Cantonales de Protección de Derechos, las Comisarías Nacionales de Policía serán los entes competentes para otorgar las medidas administrativas inmediatas de protección.

2. En caso de identificar otras vulneraciones que no se vinculan con la integridad personal y están relacionadas con la prestación de un servicio que garantiza el goce de un derecho, se identifican tres niveles de actuación:

  • La autoridad institucional del servidor público o privado, quien deberá iniciar un procedimiento interno para determinar la pertinencia de la queja.
  • La autoridad del Ministerio del ramo o el Ministerio que le autoriza el funcionamiento de una entidad privada. La Defensoría del Pueblo, quien patrocina de oficio o a petición de parte, los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados (Constitución de la República del Ecuador artículo 215 No. 1).

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Servicios de Atención

Ofrecen servicios de atención los siguientes organismos:

  • Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia
  • Unidad Multicompetente
  • Fiscalía Provincial de Pichincha
  • Defensoría del Pueblo
  • Defensoría Pública
  • Policía Comunitaria
  • Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
  • Centros de Equidad y Justicia del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito
  • Ministerio de Salud

PARTICIPACIÓN

La Participación ciudadana en todos los asuntos de interés público está reconocida en la Constitución de la República del Ecuador como un derecho a ser ejercido por todos los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. (CRE, Art. 95).

Para el efecto reconoce la existencia de diversos mecanismo de participación, entre otros: veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios…y las demás instancias que promueva la ciudadanía.

Estos mecanismos también están recogidos en la Ordenanza 188 que regula el Sistema de Protección Integral en el DMQ, bajo el título de Organismos de vigilancia, exigibilidad y control social, los que se reconocen como parte del Sistema de Protección Integral y se definen como “…organismos de la sociedad civil encargados de la vigilancia y control social de las políticas, programas, servicios y recursos para el cumplimiento de los derechos de los Grupos de Atención Prioritaria…”.

Consejos Consultivos

Qué son los Consejos Consultivos?

La Ordenanza 188 incluye a los Consejos Consultivos de Protección de Derechos como organismos de carácter consultivo, participativo, integrados por los titulares de derechos y/u organizaciones que los representen y tienen como objetivo asesorar al Consejo de Protección de Derechos del DMQ, designar sus representantes al Consejo, canalizar las problemáticas y necesidades de los grupos representados y facilitar insumos y/o propuestas de políticas públicas para la igualdad y no discriminación.

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Cada Consejo Consultivo de Derechos estará integrado por los delegados de su grupo de atención prioritaria, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo más los representantes de las organizaciones debidamente reconocidas y que trabajan por los derechos de su respectivo grupo.

Existen 10 Consejos Consultivos de Protección de Derechos, donde pueden ser presedntadas y acogidas las problemáticas relacionadas con las situaciones de vulnerabilidad mencionadas. Los siguientes:

  1. Niños, niñas y adolescentes
  2. Jóvenes
  3. Mujeres
  4. Adultos mayores
  5. Pueblos y nacionalidades indígenas
  6. Pueblo afrodescendiente
  7. Movilidad Humana
  8. Discapacidades
  9. Diversidad sexo genérica
  10. Naturaleza y animales

Cada Consejo Consultivo está conformado por 25 miembros: 16, representantes de titulares de derechos de las ocho zonas administrativas del Distrito Metropolitano de Quito (dos por cada administración zonal); y 9 representantes de organizaciones que trabajan en protección de derechos de los diferentes grupos. De esta manera se logra lo siguiente:

  • Una representación de todo el territorio del Distrito Metropolitano de Quito;
  • Una amplia representación de titulares de derechos (16 de 25) que proveen la visión real y sentida de la protección de los derechos de su grupo;
  • La participación y apoyo técnico de las organizaciones que promueven y protegen los derechos de las personas de los grupos priorizados y en situación de vulnerabilidad;

Cada uno de estos consejos consultivos o varios de ellos podrán trabajar individual o coordinadamente en temas de protección de derechos de personas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad, como es este caso.

Redes

Qué son las Redes?

Las Redes son espacios de articulación abiertos y están integradas por diversos actores del Sistema de Protección Integral donde, se establecen vínculos y se comparte una visión común, frente a los derechos de los grupos de atención prioritaria y en situación de vulnerabilidad, así como recursos humanos, técnicos y económicos. Las relaciones dentro de la red son funcionales y los períodos de funcionamiento son cíclicos (CPD/Compina en transición, 2016). El objetivo de las redes es promover la garantía, acceso y ejercicio de los Derechos Humanos, a través de acciones relacionadas con la prevención, protección, restitución, exigibilidad e incidencia.

Red antitrata:

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Observatorios

Qué son los Observatorios?

El Observatorio Ciudadano es un mecanismo de Control Social que se constituye por ciudadanos/as u organizaciones ciudadanas que estén interesadas en elaborar en conjunto con la academia y expertos, diagnósticos, seguimiento técnico e independiente para impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de la política pública.

Los ciudadanos y ciudadanas participantes no deben tener conflicto de intereses con la política pública a ser observada.

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HERRAMIENTAS DE POLÍTICA PÚBLICA

Normativa internacional

Declaración de los Derechos Humanos:

Inspira la promoción del respeto universal y el goce de los derechos humanos, por todas las naciones y los pueblos. Solicita medidas progresivas para el reconocimiento universal y la aplicación efectiva de los derechos humanos.

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 “Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños”,

que complementa a “Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia organizada Transnacional” (Protocolo de Palermo) .

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Normativa Nacional

Constitución de la República del Ecuador (2008):

Reconoce a las personas con discapacidad dentro del grupo de personas que requieren atención prioritaria y establece claramente las obligaciones del Estado respecto de la protección y garantía de sus derechos, los mismos que se plasman en un gran número de articulados.

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CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL Art. 91.- Trata de personas.- Definición 1.

  1. La extracción o comercialización ilegal de órganos, tejidos, fluidos o material genético de personas vivas, incluido el turismo para la donación o trasplante de órganos.
  2. La explotación sexual de personas incluida la prostitución forzada, el turismo sexual y la pornografía infantil.
  3. La explotación laboral, incluido el trabajo forzoso, la servidumbre por deudas y el trabajo infantil.
  4. Promesa de matrimonio o unión de hecho servil, incluida la unión de hecho precoz, arreglada, como indemnización o transacción, temporal o para fines de procreación.
  5. La adopción ilegal de niñas, niños y adolescentes.
  6. La mendicidad.
  7. Reclutamiento forzoso para conflictos armados o para el cometimiento de actos penados por la ley.
  8. Cualquier otra modalidad de explotación.

Art. 92.- Sanción…:

  1. Con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.
  2. Con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años, si la infracción recae en personas de uno de los grupos de atención prioritaria o en situación de doble vulnerabilidad o si entre la víctima y el agresor ha existido relación afectiva, consensual de pareja, conyugal, convivencia, de familia o de dependencia económica o exista vínculo de autoridad civil, militar, educativa, religiosa o laboral.
  3. Con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años, si con ocasión de la trata de personas, la víctima ha sufrido enfermedades o daños sicológicos o físicos graves o de carácter irreversible.
  4. Con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, si por motivo de la trata de personas se produce la muerte de la víctima.

Art. 93.- Principio de no punibilidad de la víctima de trata.

Art. 94.- Sanción para la persona jurídica.Cuando una persona jurídica es responsable de trata, será sancionada con multa de cien a mil salarios básicos unificados del trabajador en general y la extinción de la misma.

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Normativa Local

Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial MDMQ 2015-2025

Este documento contiene el componente estratégico o propuesta del Plan Estratégico Metropolitano de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial del Distrito Metropolitano de Quito, que tendrá vigencia en el decenio 2015 – 2025. Las directrices, políticas, objetivos que están contenidos en este Plan, determinan el ámbito de actuación y de responsabilidad tanto de la ciudadanía como de las autoridades e instituciones.

Se estructura en tres ejes:

  • Quito: Ciudad inteligente para la gente,
  • Quito, Ciudad Solidaria, y
  • Quito, Ciudad de Oportunidades

Dentro de Ciudad Solidaria se encuentran tres políticas:

  • Política S1: Garantizar una política social intercultural que promueve la cohesión, la igualdad y los derechos humanos
  • Política S2: Fortalecer el tejido social, impulsando su participación en la construcción de políticas públicas y el desarrollo a través de una gobernanza cercana y transparente.
  • Política S3: Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de Quito.

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Ordenanza Metropolitana 188, Que implementa y Regula el Sistema de protección Integral en el DMQ.:

Con la finalidad de brindar protección integral a los grupos de Atención prioritaria consagrados por la Constitución y aquellos que se encuentran en situación de exclusión y/o vulnerabilidad, entre ellos las personas con discapacidad.

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Ordenanza Metropolitana que regula la protección interal de los niños y adolescentes contra la explotación sexual en el Distrito Metropolitano de Quito.

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OTROS INSTRUMENTOS DE POLÍTICA PÚBLICA

Planes

Plan Nacional de Desarrollo. Toda una vida 2017-2021

El Plan Nacional de Desarrollo es el principal instrumento del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa (SNDPP), y su objetivo es contribuir al cumplimiento progresivo de:

  1. Los derechos constitucionales;
  2. Los objetivos del régimen de desarrollo y disposiciones del régimen de desarrollo (a través de la implementación de políticas públicas);
  3. Los programas, proyectos e intervenciones que de allí se desprenden.

Eje 1: Derechos para Todos Durante Toda la Vida

• Objetivo 1: Garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las personas

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El Plan de Acción Mundial para Combatir la Trata de Personas y el Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Trata de Personas.

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Plan Nacional para combatir la trata, explotación sexual, laboral y otros medios de explotación de personas, en particular mujeres, niños, niñas y adolescentes.

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Agenda Nacional de Igualdad para la movilidad humana Año 2014 – 2017

Establece las directrices de política pública para las personas en situación de movilidad humana, principalmente aquellas que están en situación de mayor vulnerabilidad como personas en situación de refugio y emigrantes retornados.

Ratifica:

• El ejercicio de la ciudadanía universal,

• Que no hay seres humanos ilegales,

• El reconocimiento en el aporte al desarrollo económico, social, cultural de los migrantes ecuatorianos.

• Los derechos de los migrantes ecuatorianos en los países de destino. Promueve acciones tendientes a eliminar las vulneraciones de las personas en situación de movilidad humana.

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Agenda de Inclusión Social de Pichincha.

La Agenda es un instrumento que permite a los GAD de la provincia incorporar el enfoque de derechos a la planificación, asignar objetivamente los recursos que por ley están establecidos para estos grupos, y actuar en forma coordinada entre todos los niveles de gobierno en el territorio bajo esquemas de complementariedad y concurrencia. De este modo se asegura una presencia efectiva y sostenida del Estado que genere impactos duraderos en la calidad de vida.

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Rutas

Ruta de protección y restitución de derechos de personas en situación de movilidad humana -refugio-.

Consejo de Protección de Derechos (COMPINA en transición), Quito, 2018.

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DOCUMENTOS TÉCNICOS

Estadísticas
En el caso de Ecuador no existen cifras del fenómeno y, por lo tanto no hay políticas públicas adecuadas para prevenir, atender, sancionar y erradicar dicho delito. Entre los principales problemas que se enfrenta:

  • Desconocimiento del delito de trata de personas por parte de autoridades, lo que propicia que las víctimas sufran doble victimización y falta de atención que respete su derecho a la justicia y la seguridad.
  • Ausencia de cifras oficiales y falta de estudios sobre las condiciones “laborales” de las personas que ejercen trabajo sexual.
  • Ausencia de políticas públicas y servicios para la atención de víctimas de trata de personas – como albergues que garanticen la seguridad personal, la salud física y psicológica.
  • Falta de medidas de seguridad para las autoridades y organizaciones de la sociedad civil que atienden y enfrentan directamente el delito de trata de personas.
  • Falta de políticas de prevención en las instituciones educativas para visibilizar y combatir la problemática.
  • Falta de condiciones para que las víctimas de trata de personas se reintegren a la sociedad y encuentren buenas oportunidades de empleo.
Estudios Investigaciones
Estudio, de carácter exploratorio y descriptivo sobre el fenómeno de la trata de personas en el Ecuador, 2011.

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Informes Alternativos y de País
Mandato del Relator Especial sobre la trata de personas:

  • Promover la prevención de la trata de personas en todas sus formas y la adopción de medidas para la defensa y protección de los derechos humanos de las víctimas;
  • Promover la aplicación efectiva de las reglas y normas internacionales pertinentes y contribuir a su mejoramiento continuo;
  • Incorporar una perspectiva de género y de edad en toda la labor de su mandato mediante, entre otras cosas, la determinación de los elementos de vulnerabilidad específicos del género y la edad respecto de la cuestión de la trata de personas;
  • Definir y compartir las mejores prácticas, así como los problemas y obstáculos a fin de defender y proteger los derechos humanos de las víctimas y de señalar las deficiencias de la protección al respecto;
  • Hacer especial hincapié en las recomendaciones sobre las soluciones prácticas relativas al ejercicio efectivo de los derechos relacionados con el mandato, mediante, entre otras cosas, la determinación de ámbitos y medios concretos de cooperación internacional para tratar de resolver el problema de la trata de personas;
  • Examinar las repercusiones de las medidas adoptadas para combatir la trata en los derechos humanos de las víctimas de la trata de personas, a fin de proponer respuestas adecuadas a los problemas planteados a este respecto y evitar la reiterada victimización de las víctimas;
  • Solicitar, recabar e intercambiar información sobre la trata de personas de los gobiernos, órganos de tratados, procedimientos especiales, organismos especializados, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y otras fuentes pertinentes, según corresponda, y dar una respuesta eficaz a toda información fidedigna sobre presuntas violaciones de los derechos humanos con objerto de proteger los erechos de las víctimas reales o potenciales de la trata.
  • Trabajar en estrecha cooperación con otros organismos, órganos e instituciones competentes e informar anualmente al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General. Fuente: Resolución 17/1 del Consejo de Derechos Humanos.

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INFORMACIÓN BASICA

Derechos
A más de los derechos que le asisten en la norma iunternacional y que se expresan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las personas víctimas de trta y tráfico, por su condición de vulnerabilidad, tienen derecho a:

  • Participar de manera libre e informada en los procesos de toma de decisiones que las afectan
  • Disponer de información sobre sus derechos sin dogmas o miedos
  • Conocer los mecanismos para hacer efectivos sus derechos
  • A no ser discriminados por su condición, cualquier trato que ponga en riesgo su dignidad humana, derechos y libertades.
  • A la integridad física, psicológica, moral. Incluye la prohibición de cualquier trato cruel o degradante o tratamiento forzado por adicciones
  • A disponer de servicios de prevención, atención, protección y restitución de derechos
  • A disponer de servicios de atención de salud y especiales por su condición
  • Al acceso a la justicia, al debido proceso.
  • A asesoría jurídica, en caso de cometer algún acto ilícito
  • A la libertad sobre sus acciones, formas de pensar y consumos mientras no sobrepase los límites establecidos en la ley.
  • Los NNA por sus características es una población prioritaria y deben con tar con medidas especiales de protección
  • Las poblaciones callejeras por su condición de alta vulnerabilidad tienen derecho a contar con medidas adecuadas e integrales.

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¿Qué hacer?
Para solicitar información y ayuda recurrir a:

Unidad de salud más cercana del Ministerio de Salud Pública.

Servicios de Atención

Ofrecen servicios de atención los siguientes organismos:

  • Ministerio de Salud Pública

Para situaciones de vulneración de derechos:

  • Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia
  • Unidad Multicompetente
  • Fiscalía Provincial de Pichincha
  • Defensoría del Pueblo
  • Defensoría Pública
  • Policía Comunitaria
  • Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
  • Centros de Equidad y Justicia del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito Junta de Protección de derechos de NNA

PARTICIPACIÓN

La Participación ciudadana en todos los asuntos de interés público está reconocida en la Constitución de la República del Ecuador como un derecho a ser ejercido por todos los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. (CRE, Art. 95),

Para el efecto reconoce la existencia de diversos mecanismo de participación, entre otros: veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios…y las demás instancias que promueva la ciudadanía.

Estos mecanismos también están recogidos en la Ordenanza 188 que regula el Sistema de Protección Integral en el DMQ, bajo el título de Organismos de vigilancia, exigibilidad y control social, los que se reconocen como parte del Sistema de Protección Integral y se definen como “…organismos de la sociedad civil encargados de la vigilancia y control social de las políticas, programas, servicios y recursos para el cumplimiento de los derechos de los Grupos de Atención Prioritaria…”.

Consejos Consultivos

Qué son los Consejos Consultivos?

La Ordenanza 188 incluye a los Consejos Consultivos de Protección de Derechos como organismos de carácter consultivo, participativo, integrados por los titulares de derechos y/u organizaciones que los representen y tienen como objetivo asesorar al Consejo de Protección de Derechos del DMQ, designar sus representantes al Consejo, canalizar las problemáticas y necesidades de los grupos representados y facilitar insumos y/o propuestas de políticas públicas para la igualdad y no discriminación.

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Cada Consejo Consultivo de Derechos estará integrado por los delegados de su grupo de atención prioritaria, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo más los representantes de las organizaciones debidamente reconocidas y que trabajan por los derechos de su respectivo grupo.

Existen 10 Consejos Consultivos de Protección de Derechos, donde pueden ser presedntadas y acogidas las problemáticas relacionadas con las situaciones de vulnerabilidad mencionadas. Los siguientes:

  1. Niños, niñas y adolescentes
  2. Jóvenes
  3. Mujeres
  4. Adultos mayores
  5. Pueblos y nacionalidades indígenas
  6. Pueblo afrodescendiente
  7. Movilidad Humana
  8. Discapacidades
  9. Diversidad sexo genérica
  10. Naturaleza y animales

Cada Consejo Consultivo está conformado por 25 miembros: 16, representantes de titulares de derechos de las ocho zonas administrativas del Distrito Metropolitano de Quito (dos por cada administración zonal); y 9 representantes de organizaciones que trabajan en protección de derechos de los diferentes grupos. De esta manera se logra lo siguiente:

  • Una representación de todo el territorio del Distrito Metropolitano de Quito;
  • Una amplia representación de titulares de derechos (16 de 25) que proveen la visión real y sentida de la protección de los derechos de su grupo;
  • La participación y apoyo técnico de las organizaciones que promueven y protegen los derechos de las personas de los grupos priorizados y en situación de vulnerabilidad;

Cada uno de estos consejos consultivos o varios de ellos podrán trabajar individual o coordinadamente en temas de protección de derechos de personas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad, como es este caso.

Redes

Qué son las Redes?

Las Redes son espacios de articulación abiertos y están integradas por diversos actores del Sistema de Protección Integral donde, se establecen vínculos y se comparte una visión común, frente a los derechos de los grupos de atención prioritaria y en situación de vulnerabilidad, así como recursos humanos, técnicos y económicos. Las relaciones dentro de la red son funcionales y los períodos de funcionamiento son cíclicos (CPD/Compina en transición, 2016).

El objetivo de las redes es promover la garantía, acceso y ejercicio de los Derechos Humanos, a través de acciones relacionadas con la prevención, protección, restitución, exigibilidad e incidencia.

Observatorios

Qué son los Observatorios?

El Observatorio Ciudadano es un mecanismo de Control Social que se constituye por ciudadanos/as u organizaciones ciudadanas que estén interesadas en elaborar en conjunto con la academia y expertos, diagnósticos, seguimiento técnico e independiente para impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de la política pública.

Los ciudadanos y ciudadanas participantes no deben tener conflicto de intereses con la política pública a ser observada.

l

HERRAMIENTAS DE POLÍTICA PÚBLICA

Normativa internacional

Declaración de los Derechos Humanos:

Inspira la promoción del respeto universal y el goce de los derechos humanos, por todas las naciones y los pueblos. Solicita medidas progresivas para el reconocimiento universal y la aplicación efectiva de los derechos humanos.

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Normativa Nacional

Constitución de la República del Ecuador (2008):

Reconoce a las personas con discapacidad dentro del grupo de personas que requieren atención prioritaria y establece claramente las obligaciones del Estado respecto de la protección y garantía de sus derechos, los mismos que se plasman en un gran número de articulados.

Ver más – pdf

LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN INTEGRAL DEL FENÓMENO SOCIO ECONÓMICO DE LAS DROGAS Y DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL USO DE SUSTANCIAS CATALOGADAS SUJETAS A FISCALIZACIÓN – 2015

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Código Orgánico de Salud 2018.

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Código Integral penal.

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Normativa Local

Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial MDMQ 2015-2025

Este documento contiene el componente estratégico o propuesta del Plan Estratégico Metropolitano de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial del Distrito Metropolitano de Quito, que tendrá vigencia en el decenio 2015 – 2025.

Las directrices, políticas, objetivos que están contenidos en este Plan, determinan el ámbito de actuación y de responsabilidad tanto de la ciudadanía como de las autoridades e instituciones.

Se estructura en tres ejes:

  • Quito: Ciudad inteligente para la gente,
  • Quito, Ciudad Solidaria, y
  • Quito, Ciudad de Oportunidades

Dentro de Ciudad Solidaria se encuentran tres políticas:

  • Política S1: Garantizar una política social intercultural que promueve la cohesión, la igualdad y los derechos humanos
  • Política S2: Fortalecer el tejido social, impulsando su participación en la construcción de políticas públicas y el desarrollo a través de una gobernanza cercana y transparente.
  • Política S3: Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de Quito.

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Ordenanza Metropolitana 188, Que implementa y Regula el Sistema de protección Integral en el DMQ.:

Con la finalidad de brindar protección integral a los grupos de Atención prioritaria consagrados por la Constitución y aquellos que se encuentran en situación de exclusión y/o vulnerabilidad, entre ellos las personas con discapacidad

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OTROS INSTRUMENTOS DE POLÍTICA PÚBLICA

Planes

Plan Nacional de Desarrollo. Toda una vida 2017-2021

El Plan Nacional de Desarrollo es el principal instrumento del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa (SNDPP), y su objetivo es contribuir al cumplimiento progresivo de:

  1. Los derechos constitucionales;
  2. Los objetivos del régimen de desarrollo y disposiciones del régimen de desarrollo (a través de la implementación de políticas públicas);
  3. Los programas, proyectos e intervenciones que de allí se desprenden.

Eje 1: Derechos para Todos Durante Toda la Vida

• Objetivo 1: Garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las personas

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Rutas

RUTA Y PROTOCOLO A SEGUIR ANTE SITUACIONES DE USO/CONSUMO DE ALCOHOL, TABACO Y OTRAS DROGAS DETECTADOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACION

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DOCUMENTOS TÉCNICOS

Estadísticas
Tercera encuesta nacional sobre consumo de drogas en estudiantes de enseñanza media, 2008.

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Estudios Investigaciones
Diagnóstico situacional sobre consumo de drogas en Quito. CONSEP, Observatorio ecuatoriano de drogas OED, Quito, 2006. Este estudio se propone hacer una breve aproximación a la situación actual de este fenómeno, partiendo de la percepción de algunos actores locales relevantes, y desde la observación directa de redes de consumidores importantes en los mundos del consumo de la ciudad.

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Tweets recientes

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INFORMACIÓN BASICA

Derechos

A más de los derechos que le asisten en la norma iunternacional y que se expresan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las personas víctimas de trta y tráfico, por su condición de vulnerabilidad, tienen derecho a:

  • A su identidad. A un nombre e identificación.
  • No ser discriminados por su situación.
  • A un trato justo e igualitario,
  • A no ser prejuzgados como delincuentes,
  • A no ser víctimas de violencia ni abuso de poder por su condición
  • A no ser tratados como sujetos “tutelados”, objetos de protección en las políticas públicas
  • A su integridad física, psicológica y moral. Incluye la prohibición de trato cruel o degradante o a la limitación de sus libertades.
  • Participar de manera libre e informada en los procesos de toma de decisiones que les afectan
  • Disponer de información sobre sus derechos sin dogmas o miedos
  • Conocer los mecanismos para hacer efectivos sus derechos
  • A la integridad física, psicológica, moral. Incluye la prohibición de cualquier trato cruel o degradante o tratamiento forzado por adicciones
  • A disponer de servicios de prevención, atención, protección y restitución de derechos
  • A disponer de servicios de atención de salud, alimentación
  • A vivienda digna
  • Al acceso a la justicia, al debido proceso.
  • A asesoría jurídica, en caso de cometer algún acto ilícito
  • A la libertad de acciones o pensamiento o consumos mientras no sobrepase los límites establecidos en la ley.
  • Los NNA por sus características es una población prioritaria debe contar con medidas especiales de protección
  • contar con medidas adecuadas, especiales e integrales.
  • Contar con un marco normativo que les proteja y regule.
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¿Qué hacer?

Algunas sugerencias:

En caso de que la situación comprometa legalmente a los involucrados:

1. Reconocer si es un posible delito o contravención.

  • Delito: cuando te causan heridas, lesiones o golpes que te generen incapacidad (es decir que no puedas realizar tus actividades en la cotidianidad) mayor a tres días. En este caso debes poner la denuncia en una Fiscalía, la misma que iniciará la investigación pertinente.
  • Para la sustanciación y juzgamiento de delitos de femicidio y de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar la autoridad competente serán las y los jueces especializados en violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar; en el caso de, que no exista en la sección territorial unidad especializada, serán competentes los jueces y juezas de garantías penales.
  • Contravención: cuando la lesión o incapacidad para el trabajo, no excedan de tres días (COIP, 2014, Art. 396, No. 4). Por lo tanto puedes poner la denuncia en UNA de las tres instancias:
  • La Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia – UVMF es un órgano jurisdiccional que puede conocer hechos y actos de violencia contra la mujer o miembro del núcleo familiar, dictar medidas de protección y sancionar al presunto vulnerador de derechos en caso de ser una contravención. Si hay niñas, niños o adolescentes involucrados:
  • Las Juntas Cantonales de Protección de Derechos y las Tenencias Políticas son las autoridades competentes para otorgar las medidas administrativas inmediatas de protección . En los lugares donde no existan Juntas Cantonales de Protección de Derechos, las Comisarías Nacionales de Policía serán los entes competentes para otorgar las medidas administrativas inmediatas de protección.

2. En caso de identificar otras vulneraciones que no se vinculan con la integridad personal y están relacionadas con la prestación de un servicio que garantiza el goce de un derecho, se identifican tres niveles de actuación:

  • La autoridad institucional del servidor público o privado, quien deberá iniciar un procedimiento interno para determinar la pertinencia de la queja.
  • La autoridad del Ministerio del ramo o el Ministerio que le autoriza el funcionamiento de una entidad privada.

La Defensoría del Pueblo, quien patrocina de oficio o a petición de parte, los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados (Constitución de la República del Ecuador artículo 215 No. 1).

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Servicios de Atención

Ofrecen servicios de atención los siguientes organismos:

  • Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia
  • Unidad Multicompetente
  • Fiscalía Provincial de Pichincha
  • Defensoría del Pueblo
  • Defensoría Pública
  • Policía Comunitaria
  • Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos o Centros de Equidad y Justicia del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito Junta de Protección de Derechos de NNA Ministerio de Salud Ministerio de Inclusión Económica y Social MIES

PARTICIPACIÓN

La Participación ciudadana en todos los asuntos de interés público está reconocida en la Constitución de la República del Ecuador como un derecho a ser ejercido por todos los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. (CRE, Art. 95),

Para el efecto reconoce la existencia de diversos mecanismo de participación, entre otros: veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios…y las demás instancias que promueva la ciudadanía.

Estos mecanismos también están recogidos en la Ordenanza 188 que regula el Sistema de Protección Integral en el DMQ, bajo el título de Organismos de vigilancia, exigibilidad y control social, los que se reconocen como parte del Sistema de Protección Integral y se definen como “…organismos de la sociedad civil encargados de la vigilancia y control social de las políticas, programas, servicios y recursos para el cumplimiento de los derechos de los Grupos de Atención Prioritaria…”.

Consejos Consultivos

Qué son los Consejos Consultivos?

La Ordenanza 188 incluye a los Consejos Consultivos de Protección de Derechos como organismos de carácter consultivo, participativo, integrados por los titulares de derechos y/u organizaciones que los representen y tienen como objetivo asesorar al Consejo de Protección de Derechos del DMQ, designar sus representantes al Consejo, canalizar las problemáticas y necesidades de los grupos representados y facilitar insumos y/o propuestas de políticas públicas para la igualdad y no discriminación.

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Cada Consejo Consultivo de Derechos estará integrado por los delegados de su grupo de atención prioritaria, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo más los representantes de las organizaciones debidamente reconocidas y que trabajan por los derechos de su respectivo grupo.

Existen 10 Consejos Consultivos de Protección de Derechos, donde pueden ser presentadas y acogidas las problemáticas relacionadas con las situaciones de vulnerabilidad mencionadas. Los siguientes:

  1. Niños, niñas y adolescentes
  2. Jóvenes
  3. Mujeres
  4. Adultos mayores
  5. Pueblos y nacionalidades indígenas
  6. Pueblo afrodescendiente
  7. Movilidad Humana
  8. Discapacidades
  9. Diversidad sexo genérica
  10. Naturaleza y animales

Cada Consejo Consultivo está conformado por 25 miembros: 16, representantes de titulares de derechos de las ocho zonas administrativas del Distrito Metropolitano de Quito (dos por cada administración zonal); y 9 representantes de organizaciones que trabajan en protección de derechos de los diferentes grupos. De esta manera se logra lo siguiente:

  • Una representación de todo el territorio del Distrito Metropolitano de Quito;
  • Una amplia representación de titulares de derechos (16 de 25) que proveen la visión real y sentida de la protección de los derechos de su grupo;
  • La participación y apoyo técnico de las organizaciones que promueven y protegen los derechos de las personas de los grupos priorizados y en situación de vulnerabilidad;

Cada uno de estos consejos consultivos o varios de ellos podrán trabajar individual o coordinadamente en temas de protección de derechos de personas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad, como es este caso.

Redes

Qué son las Redes?

Las Redes son espacios de articulación abiertos y están integradas por diversos actores del Sistema de Protección Integral donde, se establecen vínculos y se comparte una visión común, frente a los derechos de los grupos de atención prioritaria y en situación de vulnerabilidad, así como recursos humanos, técnicos y económicos. Las relaciones dentro de la red son funcionales y los períodos de funcionamiento son cíclicos (CPD/Compina en transición, 2016).

El objetivo de las redes es promover la garantía, acceso y ejercicio de los Derechos Humanos, a través de acciones relacionadas con la prevención, protección, restitución, exigibilidad e incidencia.

Red de atención de niñez en calle.

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Observatorios

Qué son los Observatorios?

El Observatorio Ciudadano es un mecanismo de Control Social que se constituye por ciudadanos/as u organizaciones ciudadanas que estén interesadas en elaborar en conjunto con la academia y expertos, diagnósticos, seguimiento técnico e independiente para impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de la política pública.

Los ciudadanos y ciudadanas participantes no deben tener conflicto de intereses con la política pública a ser observada.

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HERRAMIENTAS DE POLÍTICA PÚBLICA

Normativa internacional

Declaración de los Derechos Humanos:

Inspira la promoción del respeto universal y el goce de los derechos humanos, por todas las naciones y los pueblos. Solicita medidas progresivas para el reconocimiento universal y la aplicación efectiva de los derechos humanos.

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Normativa Nacional

Constitución de la República del Ecuador (2008):

Reconoce a las personas con discapacidad dentro del grupo de personas que requieren atención prioritaria y establece claramente las obligaciones del Estado respecto de la protección y garantía de sus derechos, los mismos que se plasman en un gran número de articulados.

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Normativa Local

Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial MDMQ 2015-2025

Este documento contiene el componente estratégico o propuesta del Plan Estratégico Metropolitano de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial del Distrito Metropolitano de Quito, que tendrá vigencia en el decenio 2015 – 2025.

Las directrices, políticas, objetivos que están contenidos en este Plan, determinan el ámbito de actuación y de responsabilidad tanto de la ciudadanía como de las autoridades e instituciones.

Se estructura en tres ejes:

  • Quito: Ciudad inteligente para la gente,
  • Quito, Ciudad Solidaria, y
  • Quito, Ciudad de Oportunidades

Dentro de Ciudad Solidaria se encuentran tres políticas:

  • Política S1: Garantizar una política social intercultural que promueve la cohesión, la igualdad y los derechos humanos
  • Política S2: Fortalecer el tejido social, impulsando su participación en la construcción de políticas públicas y el desarrollo a través de una gobernanza cercana y transparente.
  • Política S3: Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de Quito.

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Ordenanza Metropolitana 188, Que implementa y Regula el Sistema de protección Integral en el DMQ.:

Con la finalidad de brindar protección integral a los grupos de Atención prioritaria consagrados por la Constitución y aquellos que se encuentran en situación de exclusión y/o vulnerabilidad, entre ellos las personas con discapacidad.

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Ordenanza No. 241 que regula la proección especial de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo en las calles del Distrito Metropolitano de Quito. 2007.

Sección IV. De las prohibiciones…. Art. 1. Toda persona jurídica o natural, que habite, visite, resida temporalmente o se encuentre de trásito en el DMQ está prohibida de realizar las siguientes prácticas:

a) Utilizar o emplear a niños, niñas y adolescentes menores de 15 años de edad, en cualquier actividad lucrativa o de comercio que se desarrolle en espacios públicos o privados.

b) Hacerse acompañar por un niño, niña o adolescente, sea o no su hijo o familiar, en actividades lucrativas o de mendicidad: c) Propiciar o patrocinar la mendicidad de un niño, niña o adolescente, sea o no su hijo o familiar;

d) Propiciar o patrocinar cuaquier forma de trabajo infantil considerado peligroso que se desarrolle en los espacios públicos; e) Exponer públicamente las enfermedades o dsicapacidades de un niño, niña o adolescente o familiar, para la obtención de beneficvios económicos, materiales o de cualquier otra índole; y,

f) Vender, promocionar o dsitribuir, de forma pública o privada, substancias psicotrópicas, inhalantes, tabacos, bebidas alcohólicas, o adictivas, productos tóxicos y objetos que pongan en riesgo la integridad, la salud y la vida de los niños, niñas y adolescentes.”

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OTROS INSTRUMENTOS DE POLÍTICA PÚBLICA

Planes

Plan Nacional de Desarrollo. Toda una vida 2017-2021

El Plan Nacional de Desarrollo es el principal instrumento del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa (SNDPP), y su objetivo es contribuir al cumplimiento progresivo de:

  1. Los derechos constitucionales;
  2. Los objetivos del régimen de desarrollo y disposiciones del régimen de desarrollo (a través de la implementación de políticas públicas);
  3. Los programas, proyectos e intervenciones que de allí se desprenden.

Eje 1: Derechos para Todos Durante Toda la Vida

• Objetivo 1: Garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las personas

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INFORMACIÓN BASICA

Derechos
A más de los derechos que le asisten rec+A2:B32onal y que se expresan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los trabajadores sexuales, hombres y mujeres por su condición de vulnerabilidad, tienen derecho a:

  • A la educación.- educación laica de calidad que respete su cultura y la especificidad de cada lugar. Que atienda las necesidades de los NNA como por ejemplo discapacidad. Libre de violencia.
  • A la recreación y al descanso.- al juego, deporte y demás actividades propias de su edad evolutiva. Desarrollo de juegos tradicionales, instalaciones seguras y accesibles.
  • Integridad personal.- que se respete su integridad personal física, psicológica, cultura, afectiva y sexual. No podrán ser sometidos a torturas, tratos crueles y degradantes.
  • Libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen.
  • A NNA con discapacidad para el disfrute de una vida digna y dotados de la mayor autonomía posible.

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¿Qué hacer?
  • La persona que conoce que está amenazado o vulnerado un derecho de un NNA debe DENUCIAR, ente la autoridad competente.
  • En el caso de una vulneración de derechos a un NNA puede guiarse por la siguiente Ruta:

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Es importante que antes de iniciar un proceso se identifique, con la ayuda de un profesional, si el caso es un DELITO o CONTRAVENCIÓN.

  • Es un delito cuando la agresión recibida causa heridas, lesiones o golpes que generen incapacidad (no pueda hacer sus actividades de la vida diaria) por un tiempo mayor a tres días o cuando se ha vulnerado otros derechos tipificados en el COIP tales como trata, tráfico, explotación sexual y otros. En este caso se debe DENUNCIAR en la Fiscalía. Ver COIP.
  • Es una contravención cuando el daño provocado no causa incapacidad física por más de tres días o cuando se ve amenazado o vulnerado otros derechos, tales como el acceso a la educación, la salud, la vivienda, la alimentación, entre otros. En este caso procede DENUNCIAR en UNA de las siguientes instancias: Ver Código de la Niñez.
  1. Junta de Protección de Derechos de NNA. Dicta medidas de protección.
  2. Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia – UFMNA. Dicta medidas de protección ya diferencia de las JMPD tiene la competencia de actuar en casos de alimentos, tenencia, patria potestad, visitas, adopciones.
  3. Unidad de Violencia contra la mujer y la Familia – UVMF. Dicta medidas de protección y sanciona la contravención.
  4. En las zonas rurales: Juzgados multicompetentes, medidas de protección y juzgar.

Si se detecta que es un DELITO debe remitir el caso a la Fiscalía.

Servicios de Atención
En el DMQ se puede acudir a los siguientes servicios de atención:

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PARTICIPACIÓN

La Participación ciudadana en todos los asuntos de interés público está reconocida en la Constitución de la República del Ecuador como un derecho a ser ejercido por todos los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. (CRE, Art. 95).

Para el efecto reconoce la existencia de diversos mecanismo de participación, entre otros: veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios…y las demás instancias que promueva la ciudadanía.

Estos mecanismos también están recogidos en la Ordenanza 188 que regula el Sistema de Protección Integral en el DMQ, bajo el título de Organismos de vigilancia, exigibilidad y control social, los que se reconocen como parte del Sistema de Protección Integral y se definen como “…organismos de la sociedad civil encargados de la vigilancia y control social de las políticas, programas, servicios y recursos para el cumplimiento de los derechos de los Grupos de Atención Prioritaria…”.

Consejos Consultivos

Qué son los Consejos Consultivos?

La Ordenanza 188 incluye a los Consejos Consultivos de Protección de Derechos como organismos de carácter consultivo, participativo, integrados por los titulares de derechos y/u organizaciones que los representen y tienen como objetivo asesorar al Consejo de Protección de Derechos del DMQ, designar sus representantes al Consejo, canalizar las problemáticas y necesidades de los grupos representados y facilitar insumos y/o propuestas de políticas públicas para la igualdad y no discriminación.

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Cada Consejo Consultivo de Derechos estará integrado por los delegados de su grupo de atención prioritaria, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo más los representantes de las organizaciones debidamente reconocidas y que trabajan por los derechos de su respectivo grupo.

Existen 10 Consejos Consultivos de Protección de Derechos, donde pueden ser presedntadas y acogidas las problemáticas relacionadas con las situaciones de vulnerabilidad mencionadas. Los siguientes:

  1. Niños, niñas y adolescentes
  2. Jóvenes
  3. Mujeres
  4. Adultos mayores
  5. Pueblos y nacionalidades indígenas
  6. Pueblo afrodescendiente
  7. Movilidad Humana
  8. Discapacidades
  9. Diversidad sexo genérica
  10. Naturaleza y animales

Cada Consejo Consultivo está conformado por 25 miembros: 16, representantes de titulares de derechos de las ocho zonas administrativas del Distrito Metropolitano de Quito (dos por cada administración zonal); y 9 representantes de organizaciones que trabajan en protección de derechos de los diferentes grupos. De esta manera se logra lo siguiente:

  • Una representación de todo el territorio del Distrito Metropolitano de Quito;
  • Una amplia representación de titulares de derechos (16 de 25) que proveen la visión real y sentida de la protección de los derechos de su grupo;
  • La participación y apoyo técnico de las organizaciones que promueven y protegen los derechos de las personas de los grupos priorizados y en situación de vulnerabilidad;

Cada uno de estos consejos consultivos o varios de ellos podrán trabajar individual o coordinadamente en temas de protección de derechos de personas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad, como es este caso.

Redes

Qué son las Redes?

Las Redes son espacios de articulación abiertos y están integradas por diversos actores del Sistema de Protección Integral donde, se establecen vínculos y se comparte una visión común, frente a los derechos de los grupos de atención prioritaria y en situación de vulnerabilidad, así como recursos humanos, técnicos y económicos. Las relaciones dentro de la red son funcionales y los períodos de funcionamiento son cíclicos (CPD/Compina en transición, 2016). El objetivo de las redes es promover la garantía, acceso y ejercicio de los Derechos Humanos, a través de acciones relacionadas con la prevención, protección, restitución, exigibilidad e incidencia.

 

Red Atención a Niñez en Calle

Integrantes:

DYA, CENIT, CORIEUSU, PROYECTO SALESIANO, FUNDACIÓN SOL DE PRIMAVERA, FE Y ALEGRIA, COVI, ADMINISTARCIÓN ZONAL LA MARISCAL, PATROANTO SAN JOSE, CENTRO DEL MUCHACHO TRABAJADOR.

Objetivos:

Articular los programas, proyectos, actividades e iniciativas de atención a la población de NNA en situación de callejización, explotación económica y mendicidad para generar mecanismos de exigibilidad, restitución de derechos, cumplimiento de las políticas públicas; optimización de recursos; validación de metodologías y fortalecimiento institucional con la finalidad de erradicar progresivamente esta problemática en el DMQ.

Grupo Objetivo:

Niños, niñas y adolescentes en situación de calle y sus familias.

Líneas de acción:

Capacitación, prevención, incidencia en políticas política pública, Participación.

Principales acciones:

Presentación de propuestas alternativas de educación no formal Diálogos con autoridades del MIES, para revisar normas técnicas de abordaje en temas de trabajo infantil Propuesta de actualización a la ordenanza 241

Representantes/equipo coordinador de la red:

Benjamín Pinto (Proyecto Salesiano)

Mail: benjaminpnt@yahoo.com.ar

Telf.: 0992754412

 

Carlos Valverde (Fundación CORIESU)

Mail: carvallib@yahoo.es

Telf.: 0987330774

 

Nubia Taipe (DYA)

Mail: tnubiatabita@yahoo.es

Telf.: 0999222636

 

Jesús Astudillo (CENIT)

Mail: jesudamarce@hotmail.com

Telf.: 0996546881

Mesas

Qué son las Mesas?

Son espacios participativos y de seguimiento que propenden a la implementación de políticas públicas. La autoridad municipal pertienente conovoca a los diversos grupos y personas naturales a espacios de participación e interacción con las instituciones y autoridades municipales y entre ellos para el desarrollo de rpoyectos inclusivos e impulsar la promoción de derechos.

En el DMQ, se crearon por Ordenanza dos Mesas Representativas: la de LGBTI (Ordenanza No. 554) y la de Movilidad Humana (Ordenanza No. 271).

Observatorios

Qué son los Observatorios?

El Observatorio Ciudadano es un mecanismo de Control Social que se constituye por ciudadanos/as u organizaciones ciudadanas que estén interesadas en elaborar en conjunto con la academia y expertos, diagnósticos, seguimiento técnico e independiente para impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de la política pública.

Los ciudadanos y ciudadanas participantes no deben tener conflicto de intereses con la política pública a ser observada.

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HERRAMIENTAS DE POLÍTICA PÚBLICA

Normativa internacional

Declaración de los Derechos Humanos:

Inspira la promoción del respeto universal y el goce de los derechos humanos, por todas las naciones y los pueblos. Solicita medidas progresivas para el reconocimiento universal y la aplicación efectiva de los derechos humanos.

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DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

Proporciona una definición precisa y completa de la violencia contra las mujeres, y clarifica los derechos por aplicar en aras de eliminar la violencia contra las mujeres. Pide que los Estados asuman la responsabilidad.

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DECLARACIÓN Y PLATAFORMA DE ACCIÓN DE BEIJING (ONU MUJERES, 1995).

Define y establece los objetivos estratégicos y medidas para el progreso de las mujeres y el logro de la igualdad de género.

Normativa Nacional

Constitución de la República del Ecuador (2008):

Reconoce a las personas con discapacidad dentro del grupo de personas que requieren atención prioritaria y establece claramente las obligaciones del Estado respecto de la protección y garantía de sus derechos, los mismos que se plasman en un gran número de articulados.

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Acuerdo Ministerial No. 0000261 de 24 de mayo de 2007 el MSP autorizó la publicación de la “Guía Nacional de Normas y Procedimientos de Atención Integral a Trabajadoras Sexuales” la misma que fue elaborada con la colaboración de un amplio número de organizaciones civiles a nivel nacional. Esta guía buscaba actualizar, fortalecer y estandarizar las normas de los servicios de atención de las ITS en razón de que se aplicaban diversos criterios que no permitían que los servicios de salud sean abordados adecuadamente y de forma integral para las trabajadoras sexuales del país. Uno de los avances que se consiguió con esta guía y que no fue abordados en el Plan Estratégico VIH/SIDA 2007-2015 fue la creación de una Tarjeta de Salud Integral en lugar del Carné Profiláctico Provincial.

Normativa Local

Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial MDMQ 2015-2025

Este documento contiene el componente estratégico o propuesta del Plan Estratégico Metropolitano de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial del Distrito Metropolitano de Quito, que tendrá vigencia en el decenio 2015 – 2025. Las directrices, políticas, objetivos que están contenidos en este Plan, determinan el ámbito de actuación y de responsabilidad tanto de la ciudadanía como de las autoridades e instituciones.

Se estructura en tres ejes:

  • Quito: Ciudad inteligente para la gente,
  • Quito, Ciudad Solidaria, y
  • Quito, Ciudad de Oportunidades

Dentro de Ciudad Solidaria se encuentran tres políticas:

  • Política S1: Garantizar una política social intercultural que promueve la cohesión, la igualdad y los derechos humanos
  • Política S2: Fortalecer el tejido social, impulsando su participación en la construcción de políticas públicas y el desarrollo a través de una gobernanza cercana y transparente.
  • Política S3: Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de Quito.

Ver más – pdf

Ordenanza Metropolitana 188, Que implementa y Regula el Sistema de protección Integral en el DMQ.:

Con la finalidad de brindar protección integral a los grupos de Atención prioritaria consagrados por la Constitución y aquellos que se encuentran en situación de exclusión y/o vulnerabilidad, entre ellos las personas con discapacidad.

Ver más – pdf

Ordenanza No. 241 que regula la proección especial de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo en las calles del Distrito Metropolitano de Quito. 2007.

Sección IV. De las prohibiciones….

Art. 1. Toda persona jurídica o natural, que habite, visite, resida temporalmente o se encuentre de trásito en el DMQ está prohibida de realizar las siguientes prácticas:

a) Utilizar o emplear a niños, niñas y adolescentes menores de 15 años de edad, en cualquier actividad lucrativa o de comercio que se desarrolle en espacios públicos o privados.

b) Hacerse acompañar por un niño, niña o adolescente, sea o no su hijo o familiar, en actividades lucrativas o de mendicidad: c) Propiciar o patrocinar la mendicidad de un niño, niña o adolescente, sea o no su hijo o familiar;

d) Propiciar o patrocinar cuaquier forma de trabajo infantil considerado peligroso que se desarrolle en los espacios públicos; e) Exponer públicamente las enfermedades o dsicapacidades de un niño, niña o adolescente o familiar, para la obtención de beneficvios económicos, materiales o de cualquier otra índole; y,

f) Vender, promocionar o dsitribuir, de forma pública o privada, substancias psicotrópicas, inhalantes, tabacos, bebidas alcohólicas, o adictivas, productos tóxicos y objetos que pongan en riesgo la integridad, la salud y la vida de los niños, niñas y adolescentes.”

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OTROS INSTRUMENTOS DE POLÍTICA PÚBLICA

Planes

Plan Nacional de Desarrollo. Toda una vida 2017-2021

El Plan Nacional de Desarrollo es el principal instrumento del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa (SNDPP), y su objetivo es contribuir al cumplimiento progresivo de:

  1. Los derechos constitucionales;
  2. Los objetivos del régimen de desarrollo y disposiciones del régimen de desarrollo (a través de la implementación de políticas públicas);
  3. Los programas, proyectos e intervenciones que de allí se desprenden.

Eje 1: Derechos para Todos Durante Toda la Vida

• Objetivo 1: Garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las personas

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Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional 2013-2017

Esta agenda plantea políticas y lineamientos de política para alcanzar la igualdad y el Buen Vivir, es decir, para incidir en el bienestar integral de la gente. Esta agenda prioriza o siete ejes que evidencian las problemáticas por las que atraviesan los distintos grupos generacionales:

  • Eje vida Saludable
  • Eje de educación
  • Eje de protección
  • Eje de participación
  • Eje de vivienda
  • Eje de hábitat
  • Eje de trabajo

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Agenda de Inclusión Social de Pichincha

La Agenda es un instrumento que permite a los GAD de la provincia incorporar el enfoque de derechos a la planificación, asignar objetivamente los recursos que por ley están establecidos para estos grupos, y actuar en forma coordinada entre todos los niveles de gobierno en el territorio bajo esquemas de complementariedad y concurrencia. De este modo se asegura una presencia efectiva y sostenida del Estado que genere impactos duraderos en la calidad de vida.

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Rutas
Para mayor información ver:

La Ruta de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, es un documento que contribuye a conocer cómo actuar frente al conocimiento de un hecho de violencia en contra de una niña, niño o adolescente y, a la vez, comprender la importancia de activar la trilogía de intervención frente a los casos de vulneración de derechos: a) atención al sujeto vulnerado, b) protección y, c) denuncia ante autoridad competente.

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DOCUMENTOS TÉCNICOS

Estadísticas

Trabajo infantil en Ecuador: hacia un entendimiento integral de la problemática, UNICEF – INEC, Quito, 2015.

Esta investigación pretende explicar el trabajo infantil en Ecuador tanto desde la lógica macroeconómica, es decir, en el marco de una estructura macro del trabajo y la economía, a nivel del mercado laboral y la situación específica de los niños, niñas y adolescentes trabajadores; así como, desde la definición de trabajo en el nivel micro, la valoración y percepción del trabajo y las demás opciones que tienen los niños, niñas y adolescentes y sus familias.

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Estudios Investigaciones
Informe de Ia Encuesta Distrital de fenómenos de vida en calle, Quito, 2013 Organizada por la Fundación Patronato San José, intenta organizar la información existente acerca de las personas con esperiencia de vida en calle. La Encuensta se llevó a cabo entre los meses de octubre y diciembre 2012 y los resultados de dicah acción se presentan en este Informe. Inlcuye Flujos y protocolos de intervención en callle para la protección de NNA en condiciones de riesgo.

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Informes Alternativos y de País
  • Informes de país • Informes de mitad de período del EPU: Avances del Ecuador en el cumplimiento de sus compromisos voluntarios ante el Consejo de derechos humanos en el contexto del examen periódico universal –EPU- mayo 2010: El Estado ecuatoriano señala los avances en relación al cumplimiento de derechos humanos y sobre todo de los grupos de atención prioritaria.

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  • Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados del Ecuador – 26 de octubre de 2017 – Naciones Unidas: Convención de los Derechos del Niño: Se indica al Estado ecuatoriano las recomendaciones relativas a las siguientes esferas, respecto de las cuales deben adoptarse medidas urgentes: coordinación (párr. 9); violencia, malos tratos y descuido (párr. 25); violencia de género (párr. 27); salud de los adolescentes (párr. 35); niños pertenecientes a minorías étnicas y/o grupos indígenas (párr. 41); y justicia juvenil (párr. 44).

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INCIDENCIA

Informes de Observancia a la PP y servicios
Informe de Observancia de Políticas Públicas No. 002 – 2016. Trabajo Infantil en actividades de limpieza de zapatos y ventas ambulantes: el objetivo del Informe es aportar a la aplicación efectiva de la política pública de Erradicación del Trabajo Infantil –ETI con énfasis en los trabajos de niñas, niños y adolescentes -NNA en limpieza de zapatos y venta ambulante en la zona Mariscal y Centro Histórico del DMQ.

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INFORMACIÓN BASICA

Derechos
A más de los derechos que le asisten en la norma internacional y que se expresan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las personas víctimas de trata y tráfico, por su condición de vulnerabilidad, tienen derecho a:

  • Integridad personal.- que se respete su integridad personal física, psicológica, cultura, afectiva y sexual. No podrán ser sometidos a torturas, tratos crueles y degradantes.
  • Libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen.
  • A NNA con discapacidad para el disfrute de una vida digna y dotados de la mayor autonomía posible.

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¿Qué hacer?
La persona que conoce que un NNA está amenazado o vulnerado en su derecho a la integridad física, psicológica o moral debe DENUCIAR, ente la autoridad competente. Para el efecto, en términos generales puede actuar de la siguiente manera:

  • Mantenga una buena comunicación con sus hijos. Créales. Las niños, los niños, los adolescentes, no mienten.
  • Infórmeles sobre los peligros a los que pueden enfrentarse y fomente en ellos seguridad y capacidad de reacción Enséñeles a decir NO¡
  • Ante todo, en todo momento, asegúrese de saber dónde y con quién están sus hijas, hijos.
  • Manténgase alerta frente a cualquier señal o síntoma que denote que su NNA está sufriendo algún tipo de acoso o abuso sexual.
  • Haga presencia, acompáñelos, no los deje solos. Si se encuentra en el marco de una entidad educativa, recurrir al DECE.
  • Si se encuentra en otro espacio, puede llamar al 911, a la Policía o a una Unidad de familia, mujer, niñez y adolescencia.
  • En todos los casos busque asistencia profesional para actuar inmediatamente, de la manera más adecuada evitando ante todo la revictimizción del NNA.
  • En las zonas rurales: Juzgados multi competentes, medidas de protección y juzgar.
  • Recurrir a la Fiscalía.
  • Para mayor información de la Ruta de Protección Integral a NNA.

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Servicios de Atención
En el DMQ se puede acudir a los siguientes servicios de atención:

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PARTICIPACIÓN

La Participación ciudadana en todos los asuntos de interés público está reconocida en la Constitución de la República del Ecuador como un derecho a ser ejercido por todos los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. (CRE, Art. 95).

Para el efecto reconoce la existencia de diversos mecanismo de participación, entre otros: veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios…y las demás instancias que promueva la ciudadanía.

Estos mecanismos también están recogidos en la Ordenanza 188 que regula el Sistema de Protección Integral en el DMQ, bajo el título de Organismos de vigilancia, exigibilidad y control social, los que se reconocen como parte del Sistema de Protección Integral y se definen como “…organismos de la sociedad civil encargados de la vigilancia y control social de las políticas, programas, servicios y recursos para el cumplimiento de los derechos de los Grupos de Atención Prioritaria…”.

Consejos Consultivos

Qué son los Consejos Consultivos?

La Ordenanza 188 incluye a los Consejos Consultivos de Protección de Derechos como organismos de carácter consultivo, participativo, integrados por los titulares de derechos y/u organizaciones que los representen y tienen como objetivo asesorar al Consejo de Protección de Derechos del DMQ, designar sus representantes al Consejo, canalizar las problemáticas y necesidades de los grupos representados y facilitar insumos y/o propuestas de políticas públicas para la igualdad y no discriminación.

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Cada Consejo Consultivo de Derechos estará integrado por los delegados de su grupo de atención prioritaria, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo más los representantes de las organizaciones debidamente reconocidas y que trabajan por los derechos de su respectivo grupo.

Existen 10 Consejos Consultivos de Protección de Derechos, donde pueden ser presedntadas y acogidas las problemáticas relacionadas con las situaciones de vulnerabilidad mencionadas. Los siguientes:

  1. Niños, niñas y adolescentes
  2. Jóvenes
  3. Mujeres
  4. Adultos mayores
  5. Pueblos y nacionalidades indígenas
  6. Pueblo afrodescendiente
  7. Movilidad Humana
  8. Discapacidades
  9. Diversidad sexo genérica
  10. Naturaleza y animales

Cada Consejo Consultivo está conformado por 25 miembros: 16, representantes de titulares de derechos de las ocho zonas administrativas del Distrito Metropolitano de Quito (dos por cada administración zonal); y 9 representantes de organizaciones que trabajan en protección de derechos de los diferentes grupos. De esta manera se logra lo siguiente:

  • Una representación de todo el territorio del Distrito Metropolitano de Quito;
  • Una amplia representación de titulares de derechos (16 de 25) que proveen la visión real y sentida de la protección de los derechos de su grupo;
  • La participación y apoyo técnico de las organizaciones que promueven y protegen los derechos de las personas de los grupos priorizados y en situación de vulnerabilidad;

Cada uno de estos consejos consultivos o varios de ellos podrán trabajar individual o coordinadamente en temas de protección de derechos de personas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad, como es este caso.

Redes

Qué son las Redes?

Las Redes son espacios de articulación abiertos y están integradas por diversos actores del Sistema de Protección Integral donde, se establecen vínculos y se comparte una visión común, frente a los derechos de los grupos de atención prioritaria y en situación de vulnerabilidad, así como recursos humanos, técnicos y económicos. Las relaciones dentro de la red son funcionales y los períodos de funcionamiento son cíclicos (CPD/Compina en transición, 2016). El objetivo de las redes es promover la garantía, acceso y ejercicio de los Derechos Humanos, a través de acciones relacionadas con la prevención, protección, restitución, exigibilidad e incidencia.

Red de Atención y Prevención de la Violencia Intrafamiliar (RAP-VIF-Sur)

Integrantes: CENIT, Aldeas Infantiles SOS, Fundación Casa de Refugio Matilde, Proyecto Salesiano, CEJ Eloy Alfaro, HIAS, Tierra Nueva, Unidad de salud Guamaní, TESPA, Su cambio por el cambio, Sala de primera acogida del Hospital Enríquez Garcés, Minadores de sueños

Objetivos: Contribuir a la disminución de la VIF – G – MI y VS, a través de un trabajo interinstitucional y articulado de las organizaciones que conforman la RAP VIF SUR

Líneas de Acción: • Participación • Prevención • Capacitación • Incidencia

Equipo coordinador de la Red:

Fundación Casa de Refugio Matilde

Telf.: 0995173572 administradora del grupo.

Mesas

Qué son las Mesas?

Son espacios participativos y de seguimiento que propenden a la implementación de políticas públicas. La autoridad municipal pertienente conovoca a los diversos grupos y personas naturales a espacios de participación e interacción con las instituciones y autoridades municipales y entre ellos para el desarrollo de rpoyectos inclusivos e impulsar la promoción de derechos. En el DMQ, se crearon por Ordenanza dos Mesas Representativas: la de LGBTI (Ordenanza No. 554) y la de Movilidad Humana (Ordenanza No. 271).

Observatorios

Qué son los Observatorios?

El Observatorio Ciudadano es un mecanismo de Control Social que se constituye por ciudadanos/as u organizaciones ciudadanas que estén interesadas en elaborar en conjunto con la academia y expertos, diagnósticos, seguimiento técnico e independiente para impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de la política pública.

Los ciudadanos y ciudadanas participantes no deben tener conflicto de intereses con la política pública a ser observada.

El Observatorio ciudadano especializado en violencia contra las mujeres del DMQ es un mecanismo de control social constituido por ciudadano/as que buscan elaborar en conjunto con experto y/o Academia diagnóstico, seguimiento técnico e independiente para impulsar, evaluar y monitorear la política pública especializada en violencia hacia las mujeres en el DMQ.

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HERRAMIENTAS DE POLÍTICA PÚBLICA

Normativa internacional

Declaración de los Derechos Humanos:

Inspira la promoción del respeto universal y el goce de los derechos humanos, por todas las naciones y los pueblos. Solicita medidas progresivas para el reconocimiento universal y la aplicación efectiva de los derechos humanos.

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Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer:

Proporciona una definición precisa y completa de la violencia contra las mujeres, así como los actos que la abracan y clarifica los derechos por aplicar en aras de eliminar la violencia contra las mujeres. Pide que los Estados asuman la responsabilidad de brindar asistencia especializada a las mujeres víctimas de violencia, así como a sus hijos.

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Convención sobre los Derechos del Niño (CDN):

Brinda un marco básico para el desarrollo de las políticas de infancia y adolescencia. Garantiza especial cuidado, asistencia y protección. Reconoce a la familia como la base para la sociedad y para el desarrollo de sus miembros, especialmente los niños. Afirma que las familias deben recibir la protección y asistencia necesarias para cumplir con sus responsabilidades, y que hay una corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado.

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Convenio de La Haya sobre la Responsabilidad Paterna y la Protección de los Niños:

Afirma que el interés superior del niño es fundamental. Promueve reconocimiento y aplicación de medidas y leyes que protejan a los niños.

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Protocolo facultativo Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños En Pornografía:

Promueve medidas y evidencia un enfoque global para abordar todos los factores que contribuyen a las prácticas de utilización de niños, en especial: el subdesarrollo, la pobreza, las disparidades económicas, las estructuras socioeconómicas desiguales, la disfunción familiar, la falta de educación, la migración rural-urbana, la discriminación de género, la conducta sexual irresponsable de los adultos, los conflictos armados y la trata de niños.

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Normativa Nacional

Constitución de la República del Ecuador (2008):

Reconoce a las personas con discapacidad dentro del grupo de personas que requieren atención prioritaria y establece claramente las obligaciones del Estado respecto de la protección y garantía de sus derechos, los mismos que se plasman en un gran número de articulados.

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Código de Niñez y Adolescencia:

El Código de la Niñez y Adolescencia establece la responsabilidad del Estado, la sociedad y la familia en la garantía y protección de los derechos de NNA en el Ecuador, para lo cual debe definir las políticas públicas de protección integral. Norma la organización y funcionamiento del Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia. En caso de vulneración de derechos se crean las Juntas de Protección de Derechos, órganos que dictan medidas de protección cuando se han vulnerado o existe riesgo de los NNA.

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Ley de violencia contra la mujer

Art. 1.- Objeto.- El objeto de la presente Ley es prevenir y erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres: niñas, adolescentes, jóvenes, adultas y adultas mayores, en toda su diversidad, en los ámbitos público y privado; en especial, cuando se encuentran en múltiples situaciones de vulnerabilidad o de riesgo, mediante políticas y acciones integrales de prevención, atención, protección y reparación de las víctimas; así como a través de la reeducación de la persona agresora y el trabajo en masculinidades. Se dará atención prioritaria y especializada a las niñas y adolescentes, en el marco de lo dispuesto en la Constitución de la República e instrumentos internacionales ratificados por el Estado ecuatoriano.

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Normativa Local

Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial MDMQ 2015-2025

Este documento contiene el componente estratégico o propuesta del Plan Estratégico Metropolitano de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial del Distrito Metropolitano de Quito, que tendrá vigencia en el decenio 2015 – 2025. Las directrices, políticas, objetivos que están contenidos en este Plan, determinan el ámbito de actuación y de responsabilidad tanto de la ciudadanía como de las autoridades e instituciones.

Se estructura en tres ejes:

  • Quito: Ciudad inteligente para la gente,
  • Quito, Ciudad Solidaria, y
  • Quito, Ciudad de Oportunidades

Dentro de Ciudad Solidaria se encuentran tres políticas:

  • Política S1: Garantizar una política social intercultural que promueve la cohesión, la igualdad y los derechos humanos
  • Política S2: Fortalecer el tejido social, impulsando su participación en la construcción de políticas públicas y el desarrollo a través de una gobernanza cercana y transparente.
  • Política S3: Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de Quito.

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Ordenanza Metropolitana 188, Que implementa y Regula el Sistema de protección Integral en el DMQ.:

Con la finalidad de brindar protección integral a los grupos de Atención prioritaria consagrados por la Constitución y aquellos que se encuentran en situación de exclusión y/o vulnerabilidad, entre ellos las personas con discapacidad.

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OTROS INSTRUMENTOS DE POLÍTICA PÚBLICA

Planes

Plan Nacional de Desarrollo. Toda una vida 2017-2021

El Plan Nacional de Desarrollo es el principal instrumento del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa (SNDPP), y su objetivo es contribuir al cumplimiento progresivo de:

  1. Los derechos constitucionales;
  2. Los objetivos del régimen de desarrollo y disposiciones del régimen de desarrollo (a través de la implementación de políticas públicas);
  3. Los programas, proyectos e intervenciones que de allí se desprenden.

Eje 1: Derechos para Todos Durante Toda la Vida

• Objetivo 1: Garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las personas

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Agenda Nacional de Igualdad para la movilidad humana Año 2014 – 2017

Establece las directrices de política pública para las personas en situación de movilidad humana, principalmente aquellas que están en situación de mayor vulnerabilidad como personas en situación de refugio y emigrantes retornados.

Ratifica:

• El ejercicio de la ciudadanía universal,

• Que no hay seres humanos ilegales,

• El reconocimiento en el aporte al desarrollo económico, social, cultural de los migrantes ecuatorianos.

• Los derechos de los migrantes ecuatorianos en los países de destino. Promueve acciones tendientes a eliminar las vulneraciones de las personas en situación de movilidad humana.

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Agenda de Inclusión Social de Pichincha.

La Agenda es un instrumento que permite a los GAD de la provincia incorporar el enfoque de derechos a la planificación, asignar objetivamente los recursos que por ley están establecidos para estos grupos, y actuar en forma coordinada entre todos los niveles de gobierno en el territorio bajo esquemas de complementariedad y concurrencia. De este modo se asegura una presencia efectiva y sostenida del Estado que genere impactos duraderos en la calidad de vida.

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Ámbito local

Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial MDMQ 2015-2025.

Este documento contiene el componente estratégico o propuesta del Plan Estratégico Metropolitano de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial del Distrito Metropolitano de Quito, que tendrá vigencia en el decenio 2015 – 2025.

Las directrices, políticas, objetivos que están contenidos en este Plan, determinan el ámbito de actuación y de responsabilidad tanto de la ciudadanía como de las autoridades e instituciones Se estructura en tres ejes:

  • Quito: Ciudad inteligente para la gente,
  • Quito, Ciudad Solidaria, y
  • Quito, Ciudad de Oportunidades

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Agenda de protección de derechos de Niñas, niños y adolescentes.

Agenda trabajada desde un enfoque de derechos, a partir del reconocimiento de la relación que existe entre el derecho y el empoderamiento de sus titulares, recoge su percepción respecto de la problemática que enfrentan, las formas en que sistemáticamente son violados sus derechos, así como, sus planteamientos para que se creen condiciones que garanticen el respeto a sus derechos. Presenta la propuesta de directrices que busca superar modelos asistencialistas, y dar el salto a un enfoque de derechos, que garantice la generación de condiciones necesarias en el DMQ para la garantía y goce de los derechos de los NNA. Los ejes trabajados son:

  • Protección integral
  • Protección emergente
  • Protección especial Exigibilidad y participación

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Rutas
 

La Ruta de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, es un documento que contribuye a conocer cómo actuar frente al conocimiento de un hecho de violencia en contra de una niña, niño o adolescente y, a la vez, comprender la importancia de activar la trilogía de intervención frente a los casos de vulneración de derechos: a) atención al sujeto vulnerado, b) protección y, c) denuncia ante autoridad competente.

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DOCUMENTOS TÉCNICOS

Estadísticas
De acuerdo a la Encuesta Nacional de Violencia de Género y la Agenda Nacional de las Mujeres e Igualdad de Género (2014-2017), 6 de cada 10 mujeres han sufrido algún tipo de violencia: psicológica, física, sexual y/o patrimonial; y 1 de cada 10 ha sufrido abuso sexual antes de cumplir los 18 años. En el informe …
Estudios Investigaciones

Guía para tomar acciones y proteger derechos de niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual. La GUÍA contiene: una definición de qué es abuso sexual, una sección de mitos y realidades, por qué los niños callan los abusos sexuales, cómo identificar a un agresor sexual?, cómo actuar ante una situación de estas, medidas de prevención, entre otros aspectos.

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Informes Alternativos y de País
Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados del Ecuador – 26 de octubre de 2017 – Naciones Unidas: Convención de los Derechos del Niño: Se indica al Estado ecuatoriano las recomendaciones relativas a las siguientes esferas, respecto de las cuales deben adoptarse medidas urgentes: coordinación (párr. 9); violencia, malos tratos y descuido (párr. 25); violencia de género (párr. 27); salud de los adolescentes (párr. 35); niños pertenecientes a minorías étnicas y/o grupos indígenas (párr. 41); y justicia juvenil (párr. 44).

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Pasaje Alejandro Andrade E4-297 y 12 de Octubre.

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