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¿QUÉ ES EL CONSEJO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS?

Es un organismo colegiado de Derecho Público, integrado paritariamente por representantes del Estado, delegados de los organismos desconcentrados del gobierno nacional que tengan responsabilidad directa en la garantía, protección y defensa de los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria; delegados del MDMQ y delegados de los gobiernos parroquiales rurales; y, por la sociedad civil, representantes de los grupos de atención prioritaria, titulares de derechos. Goza de personería jurídica y de autonomía administrativa, orgánica, funcional y presupuestaria.

El Consejo de Protección de Derechos del DMQ tendrá a su cargo la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas para la protección de derechos, articulada a las políticas públicas de los Consejos Nacionales para la Igualdad. Sus acciones y decisiones se coordinarán con otras entidades públicas y privadas, así como con las redes interinstitucionales especializadas en protección de derechos.

Atribuciones

El Consejo de Protección de Derechos del DMQ tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Promover el respeto de los derechos de la ciudadanía en el DMQ, principalmente de los grupos de atención prioritaria, tal como los define la Constitución; y, aquellos que se encuentran en situación de exclusión y/o vulnerabilidad en el DMQ.
  2. Formular políticas públicas, lineamientos y contenidos que promuevan la igualdad y no discriminación, en armonía con los planes nacionales, locales y otros instrumentos de política pública en el DMQ.
  3. Hacer observancia y seguimiento del cumplimiento de las normas, principios y enfoques determinados en la Constitución, leyes y demás normativa vigente, en la formulación y transversalización de las políticas públicas en el DMQ.
  4. Promover la adopción de acciones afirmativas con la finalidad de garantizar la igualdad y no discriminación en el ejercicio de los derechos de los grupos de atención prioritaria, tal como los define la Constitución; y aquellos que se encuentren en situación de exclusión y/o vulnerabilidad en el DMQ.
  5. Realizar la observancia, seguimiento, evaluación y exigibilidad de las políticas públicas de protección de derechos en el DMQ.
  6. Coordinar acciones con las Juntas de Protección de la Niñez y Adolescencia del DMQ, Defensoría del Pueblo, Consejo de la Judicatura, Fiscalía, redes de protección de la sociedad civil, Policía Nacional y Metropolitana, o cualquier otra organismo con el objeto de impedir o hacer cesar todo acto u omisión que vulnere o amenace con vulnerar derechos humanos, de los animales y la naturaleza en el DMQ.
  7. Coordinar acciones con todas las entidades e instancias del ámbito metropolitano que brinden servicios a la ciudadanía.
  8. Promover que los organismos y entidades que conforman el Sistema, en el marco de sus competencias, definan anualmente su accionar de manera coordinada y articulada con el plan estratégico para la protección integral de los grupos de atención prioritaria en el DMQ.
  9. Realizar informes, investigaciones y otras formas de recopilación, sistematización y análisis de información relevante sobre las problemáticas en el ejercicio de derechos en el DMQ.
  10. Formular estrategias de comunicación, difusión, capacitación y sensibilización sobre los derechos humanos, así como los de los animales y la naturaleza.
  11. Organizar y coordinar el proceso de conformación de los consejos consultivos distritales.
  12. Designar al o la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Protección de Derechos en el DMQ, a través de concurso de méritos y oposición, conforme a la normativa vigente y el Reglamento que el Pleno del Consejo dicte para el efecto.
  13. Designar a los miembros de las juntas metropolitanas de protección de derechos de la niñez y adolescencia, a través del concurso de méritos y oposición que corresponde, en observancia de la normativa vigente y el reglamento que el Pleno del Consejo dicte para el efecto.
  14. Aprobar el plan estratégico, presupuesto y otras herramientas de planificación del Consejo de Protección de Derechos en el DMQ para su cabal funcionamiento.
  15. Emitir y aprobar las normas reglamentarias internas para la aplicación de sus competencias y funcionamiento.
Misión, visión, valores y pilares

Misión

Somos el Organismo colegiado, paritario Estado-Sociedad Civil, que garantiza la protección y defensa de los derechos de los grupos de atención prioritaria, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo, naturaleza y animales, en el marco del Sistema de Protección Integral del Distrito Metropolitano de Quito.

Visión

Ser -al 2024- el Organismo referente a nivel local y nacional en la protección de derechos de los grupos de atención prioritaria: Niñas, Niños y Adolescentes, Jóvenes, Mujeres, Adultos Mayores, LGBTI, Personas con Discapacidad, Personas en situación de Movilidad Humana, Pueblos y Nacionalidades, personas en situación de vulnerabilidad y/o riesgo, naturaleza y animales.

Valores

• Solidaridad
• Respeto
• Transparencia
• Compromiso
• Responsabilidad
• Lealtad
• Honestidad
• Calidez
• Excelencia
• Trabajo en Equipo
• Colaboración

Pilares

• Conformación diversa y paritaria Estado-Sociedad Civil
• Política Pública
• Observancia y Vigilancia
• Participación Ciudadana

¿Quiénes lo integran?

El Consejo de Protección de Derechos del DMQ estará integrado paritariamente por consejeros de protección de derechos que provendrán del sector público y de la sociedad civil, especialmente de los titulares de derechos, de la siguiente manera:

Integrantes del sector público
  1. El/la Alcalde/sa o un/a Concejal/a quien actuará como su delegado/a permanente;
  2. El/la Concejal Presidente/a de la Comisión de Igualdad, Género e Inclusión Social del Concejo Metropolitano de Quito o su delegado/a permanente;
  3. El/la titular de la Secretaría rectora y responsables de las políticas sociales o su delegado permanente;
  4. El/la titular de la Secretaría competente en Coordinación Territorial y Participación Ciudadana del MDMQ o su delegado/a permanente;
  5. El/la titular de la Secretaría General de Planificación del MDMQ o su delegado/a permanente;
  6. El/la titular de la Secretaría General de Seguridad Ciudadana y Gobernabilidad del MDMQ o su delegado/a permanente;
  7. El/la titular del Ministerio competente en Desarrollo Social o su delegado/a permanente, o del organismo nacional responsable de la coordinación social;
  8. Un/a delegado/a del Ministerio competente en Justicia y Derechos Humanos o del organismo nacional responsable de la justicia y los derechos humanos, con competencia distrital;
  9. Un/a delegado/a del Ministerio competente en relaciones laborales o del organismo nacional competente en relaciones laborales.
  10. El/la representante de los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales de Quito o su delegado/a permanente designado por la asociación provincial respectiva;
  11. El/la Directora/a Provincial o Distrital del Consejo de la Judicatura o su delegado/a permanente;
  12. Un/a delegado/a permanente de los Consejos Nacionales para la Igualdad.
Integrantes de la sociedad civil
Por el enfoque Generacional:

  1. Un/a delegado/a por las organizaciones que trabajan con niñas, niños y adolescentes.
  2. Un representante titular de los derechos de las personas adultas mayores.
  3. Un representante titular de los derechos de las y los jóvenes.

 

Por el enfoque de Género:

  1. Una representante titular de derechos de las mujeres.
  2. Un representante de diversidades sexo genéricas.

Por el enfoque de Movilidad Humana:

  1. Un representante titular de derechos de ecuatorianos emigrantes retornados.
  2. Por su condición particular, un delegado/a por los organismos de protección de derechos de personas en situación de protección internacional.

Por el enfoque de discapacidad:

  1. Un delegado/a titular de derechos de las personas con discapacidad.
  2. Un delegado/a por los organismos que trabajan con personas con discapacidad.

Por el enfoque de interculturalidad:

  1. Un delegado/a titular de derechos de las personas afro-descendientes y montubias.
  2. Un delegado/a titular de derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas.

Por los derechos de la naturaleza y animales:

Un delegado/a por los organismos de defensa de los derechos de los animales y la naturaleza.

Para la designación de los/as consejero/as representantes de la sociedad civil y sus alternos, se convocará a un proceso de elección, de conformidad con el reglamento que dicte el pleno del Consejo en observancia de la normativa vigente que rige la participación ciudadana.

Miembros Actuales
LISTA DE CONSEJEROS Y CONSEJERAS – SEPTIEMBRE 2022

 

MIEMBROS DEL ESTADO
No Institución Nombre Autoridad
1 Alcaldía Distrito Metropolitano de Quito Soc. Pabel Muñoz
2 Comisión de Igualdad, Género e Inclusión Social MDMQ Sra. Joselyn Mayorga
3 Secretaría de Inclusión Social MDMQ Sra. Ma. Belén Proaño
4 Secretaría de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana MDMQ Sra. Carina Vance
5 Secretaría de Planificación MDMQ Sr. Diego Martínez
6 Secretaría de Seguridad Ciudadana y Gobernabilidad Sra. Carolina Andrade
7 Ministerio de Inclusión Económica y Social Mgs. Esteban Bernal
8 Secretaría de Derechos Humanos Sra. Paola Flores
9 Ministerio del Trabajo Arq. Patricio Donoso
10 Representante de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales Sr. Andreí Iza
11 Consejo de la Judicatura Sr. Santiago Arauz
12 Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional Mgs. Iván Villareal

 

MIEMBROS DE SOCIEDAD CIVIL
No Institución Nombre y Apellido
Principal
1 Consejo Consultivo de Derechos de Niñez y Adolescencia Sr. Marcelo Pacheco
2 Consejo Consultivo de Derechos de Adultos/as mayores Sra. Martha Tapia
3 Consejo Consultivo de Derechos de Jóvenes Sra. Camila Díaz
4 Consejo Consultivo de Derechos de Mujeres Sra. Miriam Ernest
5 Consejo Consultivo de Derechos de Diversidades Sexo Genéricas Sra. Paulina Vaca
6 Consejo Consultivo de Derechos de Personas en Movilidad Humana Sra. Blanca Ortiz
7 Consejo Consultivo de Derechos de Personas en Movilidad Humana Sr. Juan Carlos Lucero
8 Consejo Consultivo de Derechos de Personas con Discapacidad Sra. Elsa Goyes
9 Consejo Consultivo de Derechos de Personas con Discapacidad Sr. Diego Sánchez
10 Consejo Consultivo de Derechos Pueblos y Nacionalidades Indígenas Sr. David Chacagusay
11 Consejo Consultivo de Derechos de Población Afrodescendiente y Montubios Sr. Daniel Cañola
12 Consejo Consultivo de Derechos de Animales y Naturaleza Sra. María Lorena de los Angeles Bellolio

 

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DEL DMQ

BROCHURE CONSEJO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS

SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL

Resoluciones 2017

Enfoques

Enfoque de derechos humanos
Reconoce a los grupos de atención prioritaria, mujeres víctimas de violencia, personas en movilidad humana, personas de pueblos y nacionalidades como sujetos cuyos derechos humanos y dignidad han sido vulnerados y determina obligaciones estatales que deben cumplirse para garantizar la atención, protección, reparación de los derechos y la no repetición de nuevas vulneraciones.
Enfoque de género
Permite visualizar y reconocer la existencia de relaciones de poder, jerárquicas, y desiguales entre hombres y mujeres, construidas socialmente, que son la causa principal de la discriminación y subordinación de las mujeres.
Enfoque de interculturalidad
Reconoce e identifica a las mujeres y hombres en sus diversas comunidades, pueblos, nacionalidades y respeta las diferentes expresiones culturales que conviven en el territorio del MDMQ.
Enfoque intergeneracional
Establece la necesidad de identificar las relaciones de poder entre las distintas etapas de la vida, reconociendo sus particularidades y los diversos niveles de vulnerabilidad.
Enfoque de interseccionalidad y valoración de las diversidades
Identifica y valora las condiciones sociales, económicas, políticas, culturales, religiosas, étnicas, geográficas, físicas y otras que son parte simultánea de la identidad individual y comunitaria de las personas.

Consejos Consultivos de Derechos

Los Consejos Consultivos de Derechos son organismos de carácter consultivo y participativo, integrados por titulares de derechos u organizaciones que los representen.

Tienen entre sus funciones: designar a los representantes ante el Consejo de Protección de Derechos, asesorar a este Consejo, canalizar problemáticas y necesidades de los grupos representados y facilitar insumos y/o propuestas de políticas públicas.

La conformación de los Consejos Consultivos de Derechos se realiza a través de Asambleas Distritales por cada Grupo de Atención Prioritaria.

A continuación las convocatorias y otros documentos al respecto:

Convocatorias:

Convocatoria Personas con Discapacidad

Convocatoria Niñez y Adolescencia

Convocatoria Mujeres

Convocatoria Diversidades Sexo Genéricas

Convocatoria Asamblea Movilidad Humana

Convocatoria Asamblea Jóvenes

Convocatoria Afrodescendientes

Convocatoria Adultos Mayores

Convocatoria Naturaleza y Animales

Convocatoria Pueblos y Nacionalidades

Actas de Conformación de Consejos Consultivos:

Acta Elección Movilidad Humana

Acta Elección Población Afrodescendiente

Acta Elección de Personas con Discapacidad

ACTA ELECCIÓN PUEBLOS Y NACIONALIDADES

ACTA ELECCIÓN NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

ACTA ELECCIÓN NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

ACTA ELECCIÓN JOVENES

ACTA ELECCIÓN DE NATURALEZA Y ANIMALES

ACTA ELECCIÓN ADULTOS MAYORES

ACTA ELECCIÓN MUJERES

Pasaje Alejandro Andrade E4-297 y 12 de Octubre.
255-4062 / 255-1995 / 2546772