El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito alerta sobre el grave impacto de la pirotecnia en grupos de atención prioritaria y hace un llamado urgente a la corresponsabilidad ciudadana para proteger a las poblaciones vulnerables durante las festividades de fin de año.
Los artefactos pirotécnicos generan entre 100 y 500 decibeles, mientras que según la Organización Mundial de la Salud las personas toleran hasta 65 decibeles y los animales hasta 80 decibeles. Esta diferencia explica por qué la pirotecnia no es una simple molestia, sino un problema de salud pública.
Las personas con Trastorno del Espectro Autista son las más afectadas ya que presentan hiperacusia, una hipersensibilidad auditiva. Hasta un 90% de las personas con TEA experimentan respuestas inusuales frente a fuertes estímulos, y algunos de ellos pueden llegar a experimentar graves reacciones.
Los sonidos inesperados, los tonos altos y los sonidos múltiples son los que más afectan a este grupo. Los estruendos provocan una fuerte inflamación del oído interno que causa dolor agudo durante horas hasta que la inflamación desaparece. Las consecuencias incluyen crisis nerviosas, autoagresión, aislamiento y convulsiones en casos severos.
Los adultos mayores también sufren efectos graves. Muchas personas con Alzheimer pierden el sentido de la ubicación con los estallidos y pueden extraviarse o sufrir crisis conductuales. Quienes están internados en geriátricos o unidades de cuidados intensivos experimentan episodios de ansiedad y desorientación. Adicionalmente, cada año se registran lesiones por quemaduras e incendios relacionados con el manejo de estos artefactos.
Los animales de compañía y la fauna silvestre padecen consecuencias devastadoras. El alto grado de decibeles repercute en el comportamiento temporal o permanente de los animales y puede generar afectación parcial o total del sentido auditivo e incluso la muerte. Los perros desarrollan síntomas como congelamiento, temblores musculares, salivación excesiva, taquicardia y micción o defecación involuntaria.
El marco constitucional y legal respalda la protección de estos grupos. El artículo 35 de la Constitución establece que personas con discapacidad, adultos mayores, niñas, niños y adolescentes son grupos de atención prioritaria que recibirán atención especializada. El artículo 10 reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos.
El Informe de Observancia de Política Pública No. 001/2022 del Consejo de Protección de Derechos establece que la pirotecnia es considerada una forma de maltrato animal porque produce daños a la fauna urbana y silvestre, creando problemas auditivos y lesiones parcial o totalmente irreversibles.
En enero de 2024 el Concejo Metropolitano conoció en primer debate el proyecto de ordenanza que regula y limita el uso de pirotecnia en Quito. Esta iniciativa reconoce que la pirotecnia constituye un asunto de salud pública que afecta a personas, animales y medio ambiente.
El Consejo de Protección de Derechos llama a la corresponsabilidad ciudadana mediante acciones concretas: no usar pirotecnia sonora, elegir alternativas lumínicas de bajo impacto acústico, sensibilizar a familiares y vecinos sobre los efectos documentados, y respetar espacios donde habitan personas con hipersensibilidad auditiva o animales de compañía.
Países como Bolivia y Chile ya han prohibido la pirotecnia; diversas ciudades europeas han optado por espectáculos lumínicos sin estruendo, demostrando que es posible celebrar sin causar sufrimiento. Estas experiencias internacionales ofrecen modelos replicables para el Distrito Metropolitano. Elegir celebrar sin pirotecnia sonora construye una ciudad más inclusiva donde todas las personas y animales puedan vivir sin temor ni dolor.
El Consejo de Protección de Derechos continúa trabajando en políticas públicas que garanticen protección efectiva de grupos de atención prioritaria, animales y naturaleza.