El 20 de noviembre se celebra el Día Universal del Niño, establecido por la Organización de Naciones Unidas, en conmemoración a que en esta fecha se adoptó la Declaración Universal de los Derechos del Niño (1959) y la aprobación de la Convención de los Derechos del Niño (1989).

 

Las Naciones Unidas fue fundada en 1945 tras la Segunda Guerra Mundial con el propósito de fomentar entre las naciones relaciones de amistad y promover el progreso social, la mejora del nivel de vida y los derechos humanos. Este organismo aprobó en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos, donde estaban implícitos los derechos de niñas y niños como pertenecientes al género humano, aunque no lo suficientemente explícitos.

 

Los horrores de las guerras mundiales dejaron a la niñez en Europa en una situación muy precaria, creándose el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia – UNICEF-, que en 1953 se convirtió en una organización permanente dentro del sistema de la ONU con el mandato de responder a las necesidades de la infancia y proteger sus derechos.

 

La Asamblea General de la ONU recomendó, en 1954, destinar un día a fomentar la fraternidad entre los niños y las niñas del mundo, y promover su bienestar con actividades sociales y culturales y a la vez decidieron realizar una Declaración de los Derechos del Niño, la cual tiene su base en la “Declaración de Ginebra” realizada en 1924 por la Sociedad de Naciones, precursora de las Naciones Unidas, un documento que reconocía y afirmaba la existencia de derechos específicos de los niños, así como la responsabilidad de los adultos hacia ellos.

 

En 1959, La Asamblea General de la ONU adoptó la Declaración de los Derechos del Niño en la que se establecen sus derechos a la protección, la educación, la atención sanitaria, la vivienda y a una nutrición adecuada; esta declaración no era de carácter vinculante, y por lo tanto no era suficiente para proteger los derechos de la infancia.

 

La ONU proclamó al año 1979 como el Año Internacional del Niño, y Polonia propuso crear un grupo de trabajo dentro de la Comisión de los Derechos Humanos que se encargara de redactar una carta internacional. Tras diez años de negociaciones con gobiernos de todo el mundo, líderes religiosos, ONG, y otras instituciones, se logró acordar el texto final de la Convención de los Derechos del Niño, que fue proclamada y adoptada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1989. En ella se establecen los derechos inalienables de las niñas y los niños, así como las obligaciones de los Estados y la responsabilidad de la sociedad en su conjunto para garantizar el respeto de esos derechos.

La Convención de los Derechos del Niño es el tratado internacional de derechos humanos más ampliamente respaldado, ha sido ratificado por 196 naciones. El único país que no ha ratificado esta Convención son los Estados Unidos.  Y está compuesta por:

  • 54 artículos que reconocen a niñas y niños los mismos derechos de las personas adultas, sin embargo, por su condición de desarrollo y crecimiento establece una mayor protección contra todo tipo de violencia y explotación, y profundiza sus derechos a la educación, a la salud, a políticas sociales que garanticen su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
  • Contempla cuatro principios fundamentales: la no discriminación: el interés superior del niño y la niña; la garantía de la supervivencia y el pleno desarrollo; y la participación, los cuales están interconectados y no pueden aplicarse sin tener en cuenta a los demás.
  • Existen unos Protocolos facultativos que son instrumentos que refuerzan las normas y obligaciones, estos son: el relativo a la participación de los niños en conflictos armados; el relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y el relativo a un procedimiento para que niñas y niños pueden presentar quejas individuales ante el Comité de los derechos del niño.
  • Cuenta con un Comité de los derechos del niño que realiza el seguimiento y evaluación del cumplimiento de la Convención; está conformado por r 18 expertos independientes de distintas nacionalidades y cada cinco años los gobiernos deben presentar un informe al Comité donde explican la situación de los derechos de los niños y las niñas en su país.

La última observación al Ecuador[1]  en el año 2017 solicitó se adoptar medidas urgentes en los siguientes temas:

  • Coordinación y sistema de protección integral;
  • Violencia, malos tratos y descuido;
  • Salud de los adolescentes;
  • Niños pertenecientes a minorías étnicas y/o grupos indígenas;
  • Justicia juvenil.

Por todo lo plantado el Consejo de Protección de Derechos del DMQ, reconoce que, para visibilizar los derechos de niñas y niños, han tenido que pasar más de 3 décadas; siendo importante que el Estado Ecuatoriano recuerde que es garante de derechos y, por lo tanto, todos los instrumentos de políticas públicas que se generen deben considerar los lineamientos establecidos en la Convención y no permitir regresividad en los mismos.

 

Finalmente, desde cada uno de los actores del Sistema de Protección Integral (públicos, privados, comunitarios) se debe aunar esfuerzos por la protección ágil, oportuna y efectiva de las niñas, niños y adolescentes.

[1] https://www.unicef.org/ecuador/media/2246/file/Recomendaciones%20del%20Comit%C3%A9%20de%20los%20Derechos%20del%20Ni%C3%B1o.pdf