A pocos meses de los hechos violentos suscitados el pasado 28 de septiembre, que dejó alrededor de 118 personas privadas de libertad asesinadas y muchos otros heridos, el pasado fin de semana el país fue otra vez noticia internacional debido a los nuevos enfrentamientos surgidos en el Centro de Rehabilitación Social del Litoral que, según información preliminar de la Fiscalía,  “alrededor de 68 privados de libertad fueron asesinados y otros 25, heridos[1], a pesar del estado de excepción en el que se encuentra nuestro país desde finales de septiembre.

La situación carcelaria cada día se agrava más, sin que exista una respuesta contundente por parte de las autoridades estatales -que responda a una política pública integral-. Desde febrero de 2021, hasta la presente fecha, se habrían producido alrededor de 320 muertes en las cárceles del país, de las cuales alrededor de 209 ocurrirían en el actual gobierno. La mayoría de muertes en los hechos suscitados del pasado fin de semana, se habrían dado en un pabellón de mínima seguridad, en donde se encuentran personas sin sentencia, lo que demuestra un abuso de la prisión preventiva [2], utilizada en de manera recurrente en el sistema de justicia, que los expone a los riesgos de un sistema de rehabilitación social fallido.

Cabe mencionar que la Constitución de la República, en el artículo 1, reconoce al Ecuador como un Estado constitucional de derechos y justicia; y, su artículo 35, define a las personas privadas de la libertad como grupo de atención prioritaria, lo que crea al Estado la responsabilidad de garantizar su vida e integridad.

Por su parte, el Código Orgánico Integral Penal en el artículo 12 del reconocer los derechos de las personas privadas de libertad entre ellos: la integridad personal, alimentación adecuada, comunicación y vinculación familiar, acceso a servicios de salud.

Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela) se constituyen en un importante instrumento que contiene lineamientos para garantizar la dignidad a las personas privadas de libertad, así, la Regla 1 señala que:

Todos los reclusos serán tratados con el respeto que merecen su dignidad y valor intrínsecos en cuanto seres humanos. Ningún recluso será sometido a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, contra los cuales se habrá de proteger a todos los reclusos, y no podrá invocarse ninguna circunstancia como justificación en contrario. Se velará en todo momento por la seguridad de los reclusos, el personal, los proveedores de servicios y los visitantes.”

La condición de estar privado/a de la libertad hace que estas personas se encuentren en una situación de desventaja con respecto a la vida e integridad de las demás personas, por eso es que se considera un grupo de atención prioritaria, que requiere de acciones afirmativas y protección especial. Así mismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dejó clara las obligaciones que tienen los estados frente a las personas privadas de libertad (@JuanPablo_Albán. Tomado de Corte IDH), en este sentido se menciona que quien se ha detenido tiene derecho a vivir en condiciones de detención compatibles con su dignidad personal.

No podemos olvidar que el Estado debe garantizar el derecho a la vida y que por lo tanto, la violencia recurrente, la anarquía y descontrol que se evidencia desde hace meses atrás -con las nefastas consecuencias que son de conocimiento público- demanda la reorganización total del sistema carcelario, la formulación de políticas públicas y de un plan de intervención emergente, la asignación de recursos necesarios, la reconsideración de la prisión preventiva como último recurso en delitos menores, la atención prioritaria del eje de rehabilitación, entre otras medidas, con enfoque de derechos humanos, que garanticen un trato humano y digno a las personas privadas de libertad, así como a sus familias.

El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito, en el marco de sus competencias y atribuciones, ha insistido por 3 ocasiones a través de diferentes pronunciamientos publicados; por lo que:

SE SOLIDARIZA con las familias de las víctimas de estos hechos de violencia, a quienes extiende su pesar y el compromiso de continuar exigiendo la protección y garantía de la vida e integridad de las personas que se encuentran en los centros de rehabilitación social.

 RECHAZA los hechos perpetrados en el Centro de Privación de Libertad del Litoral que una vez más dejan saldos dolorosos en términos de pérdidas de vidas humanas como resultado de las formas de violencia extrema y recurrente instaladas en los Centros del Sistema de Rehabilitación Social y la indiferencia del Gobierno Nacional.

EXHORTA al Estado a cumplir con su rol de garante de derechos conforme establece la Constitución, instrumentos internacionales y demás normativa nacional que garantiza los derechos de las personas privadas de la libertad.

EXIGE al Gobierno Nacional colocar este tema entre las prioridades de su administración y destinar los recursos suficientes y necesarios a fin de garantizar una decidida, pertinente y efectiva gestión en los Centros de Privación de Libertad, lo que incluye un plan claro de intervención, con estrategias urgentes y políticas a mediano y largo plazo para que estos espacios se constituyan en verdaderos referentes de rehabilitación social e inserción.

CONMINA al Sistema de Justicia a implementar los mecanismos expeditos de investigación para identificar la identidad de las personas privadas de libertad asesinadas, informar a sus familias y asegurar la reparación integral.

INSTA al Sistema Nacional de Rehabilitación Social y a la Secretaría de Derechos Humanos establecer, de manera conjunta, mecanismos de prevención y erradicación de las violencias en estos Centros, así como la elaboración e implementación de un Plan de Intervención Integral, con enfoque de derechos humanos.

EXHORTA a la Defensoría del Pueblo, en el marco de sus competencias, a incidir en la garantía de derechos a que está obligado el Estado Ecuatoriano, más aún tratándose de personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria, como en el caso de los privados de libertad.

EXIGE a los medios de comunicación y periodistas a transmitir la información con responsabilidad, exactitud y transparencia, de acuerdo a los códigos deontológicos establecidos.

RESPALDA: el pronunciamiento realizado por la Alianza de Derechos Humanos Ecuador [3], publicada el 13 de noviembre de 2021

RECHAZA las declaraciones vertidas por el abogado Carlos Jijón, vocero de la Presidencia, que en la entrevista en un medio de comunicación señaló “… aquí lo que ha ocurrido es un acto de terrorismo destinado a causar una conmoción social muy fuerte, en un momento político en que hay un informe que dice que hay un estado de conmoción social, basado en el cual se está pidiendo la destitución del Presidente de la República…” [4] desconociendo así la existencia de una deficiencia estructural en la administración del Sistema Carcelario y la presencia de un Estado fallido frente a la misma.

CONVOCA a la ciudadanía en general a no normalizar estos hechos lamentables de violencia, a humanizar estos actos que menoscaban la integridad de las víctimas, sus familiares y la sociedad en general. A estar vigilantes de las acciones que se implementen desde el Estado y continuar exigiendo la defensa de los derechos humanos, la vida y la integridad de las personas.

 

El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito mantiene su compromiso de promover el respeto de los derechos humanos de todas las personas, animales y naturaleza.

Gissela Chalá Reinoso

PRESIDENTA DEL CPD DELEGADA

Sybel Martínez Reinoso

VICEPRESIDENTA DEL CPD

 

 

 

[1] @FicaliaEcuador,13 nov.

[2] Tele Amazonas, Los desayunos de 24 horas, lunes 15 de noviembre 2021

[3] https://ddhhecuador.org/2021/11/13/documento/denuncia-publica-ante-la-cuarta-masacre-carcelaria-ocurrida-en-este-ano

[4] Los Desayunos de 24 Horas, 15 noviembre 2021

 

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