Rechazamos enérgicamente el crimen cometido en contra de dos perros en el sur de Quito, quienes fueron brutalmente asesinados y luego expuestos en el espacio público[1].

Acto que evidencia la escalada de violencias que enfrenta nuestra sociedad, donde esta vez vemos agresiones brutales y despiadadas a los seres más vulnerables.  Todos los animales requieren protección y cuidado por lo que es inconcebible que se los agreda y mucho menos que su vida sea arrebatada con brutalidad y crueldad.

La Opinión Consultiva N° 23/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2017) puso en la discusión de los Estados el  pensar sobre el estatus jurídico de lo “no humano”, lo que incluye a la naturaleza y animales. También este instrumento reconoció los avances  de nuestra Constitución sobre los derechos de la naturaleza (párrafo 58).  Así, la propia Constitución en el artículo 10, establece que: “La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución”; señalando además  en su capítulo VII  algunos de estos derechos, como: el de la promoción y respeto a todos los elementos que forman parte del ecosistema, establecido en el artículo 71; y el de la aplicación, a través del Estado, de medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, determinado en el artículo 73.

En el caso del Distrito Metropolitano de Quito, los derechos que constitucionalmente se le reconocen a la naturaleza son extensivos a los animales. El Código Municipal identifica a la fauna urbana del Distrito Metropolitano de Quito como parte de la naturaleza e indica que la protección especial será  de responsabilidad de la sociedad, la familia y el Gobierno Autónomo del Distrito Metropolitano de Quito, de acuerdo al artículo 3237.

El ejercicio de dicha responsabilidad por parte del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito se lo establece a través de la Secretaría de Salud –con Urbanimal-, como ente encargado  de la gestión integral de la fauna urbana, de acuerdo al artículo 3240 del Código Municipal vigente.

Por último,  la exposición de los cuerpos inertes de los perros en el espacio público devela la hostilidad contra de estos seres vivos, y hace visible que estos actos se siguen dando pese a que se encuentran tipificados como delitos en el Código Integral Penal (2014) en su artículo 250.1, donde se establece una pena privativa de libertad de seis meses a un año, y de uno a tres años de existir agravantes.

La dificultad para alcanzar justicia en estos casos también se encuentra mediada por la falta de  una cultura de denuncia a favor de los animales, y la inacción del Estado para actuar de oficio; así como su falta de eficiencia en prevenir, investigar y sancionar hechos como los suscitados.

Por tanto, el Estado debe asumir sus compromisos y deberes en prevenir y erradicar todas las formas de violencias, de no ser así,  seguirán existiendo diferentes muestras atentatorias a los  derechos de los seres humanos, y más aún de la naturaleza y animales.

El Consejo de Protección de Derechos, en el marco de sus atribuciones:

EXHORTA a la Fiscalía a llevar con diligencia la investigación previa en el marco de un debido proceso, a fin de identificar a los responsables de éstos actos y con ello evitar que se repitan.

SOLICITA a las autoridades pertinentes que investiguen a profundidad este hecho violento que por sus características puede encarnar otro tipo de crímenes y ser un signo de alarma social. Maltratar, ahorcar y colgar a dos animales, no solo es un acto intencional de extrema crueldad, sino una clara evidencia de maltratos ocultos y de conductas criminales socialmente reprochables.

CONMINA al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a través de la Secretaría de Salud – y Urbanimal-, la Agencia Metropolitana de Control y la Secretaría de Inclusión Social, a efectivizar las disposiciones del Código Municipal en lo que respecta al bienestar animal, la gestión integral de la fauna urbana y el fortalecimiento del Sistema de Protección Integral en el Distrito. Es necesario garantizar que estos lamentables hechos no vuelvan a ocurrir.

HACE UN LLAMADO a la ciudadanía a cumplir con las disposiciones legales acerca del cuidado y protección de los animales y la naturaleza, y frente a cualquier vulneración de derechos denunciar ante los organismos correspondientes.

Finalmente, este Consejo mantiene su compromiso de promover el respeto de los derechos humanos, de la naturaleza y animales.

 

Gissela Chalá Reinoso                                                                                                Sybel Martínez Reinoso

PRESIDENTA DELEGADA DEL ALCALDE AL CPD                                              VICEPRESIDENTA CPD                     

 

[1] Noticia disponible en: https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/actualidad/44/indignacion-por-el-ahorcamiento-de-dos-perros-en-el-sur-de-quito

Documento PDF: Pronunciamiento cuidado de las especies animales en el DMQ