“LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS SON DERECHOS HUMANOS”
“Las personas tienen derecho a tomar decisiones
libres, informadas, voluntarias y responsables
sobre su sexualidad, y su vida
y orientación sexual
CRE, Art. 66 numeral 9
La Asociación Mundial para la Salud Sexual estableció desde el 2010 al 4 de septiembre como el día mundial de la salud sexual y reproductiva a fin de concienciar sobre los temas de la salud reproductiva y salud sexual.
“La salud sexual y salud reproductiva es la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria sin riesgos de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo. Los derechos reproductivos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre estos, a disponer de la información y los medios para ello; y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva”. (MSP, s.f.)
En este sentido la salud sexual y reproductiva se considera un derecho fundamental que se relaciona con: los derechos a la vida, libertad, seguridad, igualdad, privacidad, información, educación, libertad de opinión y de pensamiento, además de estar libre de toda forma de discriminación y violencia y poder decidir sobre su cuerpo y sexualidad; lo que implica que su ejercicio debe ser bajo un enfoque de derechos humanos respetando los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Sin embargo, es importante reflexionar sobre causas que siguen existiendo y que intervienen en el ejercicio pleno de estos derechos:
- Las relaciones de poder, machistas, adulto centristas y patriarcales, que promueve desigualdad, violencia y falsas creencias en relación al ejercicio de una sexualidad sana y sin riesgos especialmente de los grupos de atención prioritaria y de aquellos en situación de riesgo y/o vulnerabilidad.
- Falta de información y educación en la familia, escuela y comunidad que debe asumírsela bajos los principios de garantía el estado, corresponsabilidad de la sociedad y responsabilidad de la familia.
- Falta de servicios de salud especializados que orienten y asesoren de manera efectiva sobre los derechos sexuales tomando en cuenta los enfoques de género, generacional, discapacidad, movilidad humana e interculturalidad.
Algunos de los datos de ENSANUT (2012), refleja esta afectación producto de las inequidades económicas, de género, sociales y étnicas como lo señala el Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (2017-2021) .
- El 7.8% de las mujeres que se embarazaron antes de los 15 años fue con una persona de 30 años o más.
- El 7.5% de embarazos en menores de 15 años termina en aborto
- El 81,4% de mujeres casadas o unidas entre 15 y 49 años, utilizan algún método anticonceptivo, de este porcentaje el 67,2% utilizan algún anticonceptivo moderno y el 12, 6% algún método tradicional.
- El 79.5% de mujeres de 12 a 14 años tiene conocimiento sobre los métodos anticonceptivos, comparado con el 98% de mujeres entre 15 y 49 años.
De igual manera si nos referimos a grupos etarios la población adolescente y juvenil son poblaciones que más refleja esta afectación, la Agenda para la Protección de Derechos de Jóvenes (CPD, 2017), recoge algunos datos importantes relacionadas a esta población y su salud sexual y reproductiva:
- En el DMQ el 43,6% de mujeres jóvenes son madres.
- El 72% en edades comprendidas entre los 25 y 29 años. La mayor parte de ellas (47,2%) se encuentran en el área rural y el 42,6% en el área urbana.
- El 51,4% de mujeres indígenas, en este segmento etario, son madres. El 49,9% de afroecuatorianas y el 43,5% de mujeres mestizas.
- En la población joven de 15 a 19 años apenas el 50,5% usa métodos anticonceptivos, más en la zona urbana (54,5%) que en la rural (45,5%). Su uso es mínimo en la primera relación sexual, pues los datos indican que sólo el 5,4% de la población joven los ha usado. En la población indígena el uso de anticonceptivos es aún menor (30,4%). Esto da cuenta de la falta de información y poca eficiencia de las campañas en relación al tema.
- De la misma manera, es muy limitado el conocimiento sobre enfermedades de transmisión sexual. Apenas el 50% de jóvenes de 15 a 29 años conocen sobre este tema. En el área rural sólo el 35,9%.
Por otra parte, aunque se ha generado condiciones para despenalizar el aborto por violación, mientras no se garantice su ejercicio a traves de la expedición de la normativa correspondiente, esta seguirá siendo una práctica clandestina, con alto riesgo para la vida de las mujeres, en especial jóvenes y adolescentes.
En tal virtud el Consejo de Protección de Derechos, reconoce y reafirma que la salud sexual y reproductiva es un derecho fundamental que se orienta al mejoramiento de la vida, al bienestar y al logro de las relaciones personales sanas y equitativas, a lo largo del ciclo de la vida, sin sufrir ningún tipo de discriminación y/o violencia, por lo cual el gobierno debe garantizar su ejercicio y goce pleno en toda las etapas de la vida del ser humano basado en los enfoque de igualdad, invirtiendo los suficientes recursos y creando servicios para su acceso.
Además, invita a la ciudadanía y comunidad en general a realizar todos los esfuerzos para promover y respetar los Derechos Sexuales y Reproductivos y de igual manera a denunciar todo acto que atente a los mismos.
Bibliografía
Charlton, D. (2001). Salud Sexual y los Derechos Reproductivos . Enfermeria de Costa Rica , 19-23.
CPD. (2017). Agenda de Protección de Derechos de Jóvnes del Distrito Metropolitano de Quito. Quito.
MSP. (2017). PLAN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA . QUITO.
MSP. (s.f.). Salud Sexual y Reproductiva. Obtenido de https://www.salud.gob.ec/salud-sexual-y-salud-reproductiva/
MSP, U. (2017). Asesoría en salud sexual y reproductiva. Quito.
Archivo PDF: REFLEXIÓN DDSSRR
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