09 de agosto de 2021
Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como individuos, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos4 y las normas internacionales de derechos humanos.
Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. 2007
La Asamblea General de Naciones Unidas el 23 de diciembre de 1944, resolvió que se celebre cada 09 de agosto el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas. A nivel mundial existen al menos 476 millones de indígenas viviendo en 90 países; a pesar de ello “se encuentran entre las poblaciones más desfavorecidas y vulnerables representando el 15 por ciento de los más pobres” (NNUU, 2021)
De acuerdo con los datos levantados durante el proceso de Observancia de política pública sobre derechos colectivos realizado por el Consejo de Protección de Derechos durante el 2020, se conoce que:
- Según el INEC, Censo 2010, del total de la población ecuatoriana el 7,03% (1`018.176 personas) se auto identifica como indígena y con relación al Distrito Metropolitano de Quito -DMQ-corresponde al 0,46% (CPD, 2020)
- Del 4,11 % de la población que se auto identifica como indígenas en el DMQ, pertenecen al menos a 32 nacionalidades o pueblos indígenas. Los que tienen mayor población son: los Kichwa de la sierra (20.511); Puruhá (6.882); Otavalo (4.740); Panzaleo (2.160), Kayambi (836); Kitukara (203) (Ibíd.)
- En el DMQ se identifica que el 72,23% de la población que se autoidentifica con pueblos y nacionalidades se encuentra en las zonas urbanas y el 27,77% en las zonas rurales
- Esta fecha debe permitir el reconocimiento de algunos aspectos relevantes establecidos en la Constitución de la República del Ecuador -CRE- como los que se presentan a continuación:
- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico (Art. 1) (el subrayado es para este documento).
- Reconoce a las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos como titulares (Art. 10).
- Las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible (Art. 56).
- Se reconoce y garantiza los derechos colectivos (Art. 57).
- Se reconoce la participación de comunas, comunidades pueblos y nacionalidades en la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas púbicas y servicios públicos (Art. 85, último inciso).
- Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales (…) con garantía de participación y decisión de las mujeres (…). El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las entidades y autoridades (Art. 171).
- El Estado reconoce la propiedad comunitaria (Art. 321).
Aunado al mandato constitucional, la Comisión Interamericana de Derechos humanos, reconociendo los derechos de los pueblos indígenas, ha expresado la necesidad de “exigir una especial protección al derecho de los pueblos indígenas sobre sus territorios, porque su goce efectivo implica, no sólo la protección de una unidad económica, sino la protección de los derechos humanos de una colectividad que basa su desarrollo económico, social y cultural en la relación con la tierra” (CIDH, 2021).
Han transcurrido 13 años desde que entró en vigor la CRE y el Estado a través de los diferentes gobiernos no ha logrado actualizar las leyes incorporando los principios de plurinacionalidad e interculturalidad, tampoco se ha modificado la institucionalidad que considere los diferentes niveles de gobierno incluido el comunitario. Todo esto implica, como lo dice Naciones Unidas, la necesidad de “rediseñar un nuevo contrato social en donde las formas de vida y de gobernanza de los pueblos indígenas sean respetadas a través de un sistema participativo e inclusivo que cuente con el consentimiento libre previo e informado de estas poblaciones” (ONU, 2021).
Por todo esto el Consejo de Protección de Derechos, en este Día Internacional de Pueblos Indígenas hace un llamado a las entidades del Estado para que:
- Generen las estrategias necesarias para actualizar las leyes relacionadas con comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades en el marco de los principios y derechos establecidos en la CRE.
- Las y los servidores públicos reconozcan la autoridad, autonomía, función jurisdiccional de los gobiernos comunitarios, pues el no hacerlo limita el ejercicio de los derechos comunitarios
- Generar los mecanismos necesarios para realizar cambios estructurales que permitan la implementación de los derechos colectivos contemplados en la CRE e instrumentos internacionales.
- La participación de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades en los espacios de toma de decisión, debe ser real y no figurativa.
- Eliminar cualquier actitud, machista, discriminatorita y excluyente hacia las lideresas que pertenecen a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades.
- Finalmente convocar a todas y todos a trabajar por una sociedad ecuatoriana intercultural que reconozca, integre y viva los derechos individuales y colectivos en el marco de los principios consagrados en la Constitución.
Bibliografía
CIDH. (2021). Corte Interamericana de Derechos Humanos. Recuperado el agosto de 2021, de Relatoría sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/r/DPI/default.asp
CPD. (diciembre de 2020). Informe de Observancia de política pública: No. 002/2020: el ejercicio de los derechos colectivos de comunas y comunidades frente a la implementación de políticas públicas en el DMQ, en los últimos 05 años. DMQ, Ecuador.
CNIPYN. (septiembre de 2019). Agenda para la Igualdad de Derechos de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas, Pueblo Afroecuatoriano y Pueblo Montubio 2019-2021. Ecuador.
ONU. (2021). Día Internacional de los Pueblos Indígenas- 9 de agosto. Obtenido de https://www.un.org/es/observances/indigenous-day
Día Internacional de los Pueblos Indígenas
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