Quito, DM, 22 de julio 2021
En estos días, maestras y maestros miembros de la Unión Nacional de Educadores, UNE, ejercen su derecho a la protesta para apoyar la vigencia de la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Intercultural-LOEI, que se encuentra suspendida hasta que la Corte Constitucional resuelva la acción de inconstitucionalidad N°32-21-IN que se tramita sobre dicha ley.
Entre los temas que aborda la Ley reformatoria se encuentran: mejoras en la calidad educativa y conectividad de estudiantes, medidas para prevenir y erradicar la violencia en el espacio educativo, mejoras en las condiciones laborales del personal docente, fortalecimiento de capacidades, entre otras.
La propuesta responde a la necesidad de superar las falencias identificadas en el Sistema Nacional de Educación, que se arrastran desde hace muchos años y que evidencian la crisis en la que se encuentra el sistema, siendo lo más grave los temas de violencia y abuso sexual a niñas, niños y adolescentes. Para todos y todas es conocido que entre 2014 y mayo de 2020, el Ministerio de Educación del Ecuador registró 3.607 denuncias de violencia sexual en las instituciones educativas. Muchas de las denuncias afectaban a más de un estudiante: 4.221 niños, niñas y adolescentes sufrieron violencia sexual por parte de docentes, personal escolar, conserjes, conductores de transporte escolar y compañeros de estudios[1]. Por otra parte, la pandemia agravó las barreras de acceso al sistema educativo y profundizó las brechas de inequidad pues, de acuerdo a información oficial, en Ecuador solo el 37% de los hogares tiene acceso a internet, un problema que se acentúa en las zonas rurales, donde el porcentaje baja hasta el 16%; por otro lado, el 70% de estudiantes tuvieron problemas de conexión a internet, según Unicef, alrededor de 90.000 estudiantes ya están fuera del sistema educativo[2], entre otros problemas. Lo expuesto va de la mano de la reducción de 900 millones de dólares de inversión en el Ministerio de Educación como decisión del anterior gobierno.
Es importante recordar, una vez más, que la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 26, señala que la educación es un derecho fundamental de todas las personas y se configura en un deber ineludible e inexcusable del Estado garantizarlo. Así mismo, señala que se constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal y que es una condición indispensable para el Buen Vivir. Así pues, los argumentos que plantean para solicitar la inconstitucionalidad de la ley reformatoria se fundamentan básicamente en las limitaciones formales, administrativas y financieras para ejercer este derecho.
En el marco de un Estado constitucional de derechos y justicia el Estado debe tener como fin primordial el efectivo ejercicio de derechos de todas las personas, y no sacrificar su vigencia (responsabilidad máxima del Estado) por temas administrativos y financieros. Uno de los principios de aplicación de los derechos (Art. 11 CRE) determina que éstos se deben realizar de forma progresiva, jamás regresiva, lo que implica la decisión política de avanzar en las condiciones más favorables y evitar toda acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos.
La entrada en vigencia de la Ley Reformatoria a la LOEI implicó el reconocimiento de avances en materia de derechos, tanto de docentes como de niñas, niños y adolescentes. Suspender su vigencia implica dejar sin efecto estos avances y regresar a la situación anterior, misma que menoscaba el ejercicio de derechos. Adicionalmente se debe considerar el principio de interés superior del niño y la niña, consagrado en el artículo 44 de la norma suprema. Este principio obliga al Estado y a la sociedad a observar, de manera prioritaria, la protección y desarrollo integral de todas las niñas, niños y adolescentes.
Por lo expuesto, es importante que el Estado ecuatoriano reconozca los nudos críticos que atraviesa nuestro sistema educativo y asuma con responsabilidad la garantía en el ejercicio efectivo de los derechos de todas las personas; en este caso, el derecho a una educación de calidad, en el marco de una vida digna y libre de violencia. Invertir en educación debe ser una prioridad para todos los Estados. En nuestro país, es un deber constitucional llegar a invertir el 6% del PIB en este rubro fundamental, incluso en épocas de crisis, la educación vista como un derecho y como un servicio, es una de las áreas que requiere de atención prioritaria, ya sea a través de mecanismos internos de inversión o mediante la obtención de recursos por cooperación internacional y, en el caso de existir problemas que supondrían la sostenibilidad en la erogación de recursos, lo pertinente es un diálogo entre los actores involucrados garantizando siempre el principio superior de defensa de los derechos humanos.
Por lo expuesto, en el marco de sus atribuciones y competencias, este Consejo:
RECONOCE el ejercicio del derecho a la protesta realizado por la UNE con el propósito de exigir que el Estado garantice el ejercicio progresivo de los derechos de niñas, niños, adolescentes, docentes y de toda la sociedad, mediante la vigencia de la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Intercultural-LOEI. No obstante, hace un llamado a no poner en riesgo su salud e integridad mediante medidas de hecho como la huelga de hambre que llevan a efecto.
INSTA a la Corte Constitucional a continuar con el debido proceso a fin de resolver el trámite de inconstitucionalidad en un marco de respeto a los derechos humanos y atendiendo al principio de interés superior del niño y la niña, así como la necesidad de prevenir afectaciones a la salud de quienes exigen la respuesta de esta entidad.
EXHORTA a las entidades del Gobierno Ecuatoriano a asumir su responsabilidad constitucional y compromisos internacionales de forma urgente a fin de resolver la crisis del sistema educativo que afecta principalmente a niñas, niños y adolescentes.
REQUIERE a la Asamblea Nacional que, en el marco de sus competencias, las iniciativas legislativas cuenten con los criterios de los diversos actores sociales institucionales a fin de evitar poner en riesgo la vida y la integridad de las personas.
Este Consejo ratifica su compromiso de promover el respeto de los derechos de todas las personas, los animales y la naturaleza en el Distrito Metropolitano de Quito.
Gissela Chalá Reinoso Sybel Martínez Reinoso
PRESIDENTA DELEGADA AL CPD-DMQ VICEPRESIDENTA DEL CPD-DMQ
[1] Human Rights Watch (2020). La violencia sexual en instituciones educativas y los esfuerzos de jóvenes sobrevivientes por obtener justicia en Ecuador.
[2] Encuesta sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes en su actual proceso educativo, realizada por UNICEF, noviembre 2020
Archivo PDF: Pronunciamiento LOEI
Síguenos