“Todos los niños tienen derecho
a ser protegidos del trabajo infantil” (OIT)
En el año 2002, la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, estableció el 12 de junio como fecha emblemática para luchar contra el trabajo infantil[1] y comprometer sobe todo a los Estados -como garantes de derechos humanos-así como a la sociedad en general -corresponsable-, a redoblar esfuerzos para alcanzar la erradicación del mismo.
En el marco de lo señalado este día cobra vital importancia ya que la Pandemia por la COVID-19, ha colocado a los niños, niñas, adolescentes, en situaciones de extrema vulnerabilidad, en este sentido la OIT alerta que:
- En una crisis tan fuerte como vive el mundo por la COVID-19, el trabajo infantil se vuelve un mecanismo de supervivencia, para las familias más empobrecidas.
- La COVID-19 “podría resultar en un aumento de la pobreza y por tanto un incremento del trabajo infantil, ya que los hogares utilizan todos los medios disponibles para sobrevivir” (OIT, 2020).
- Millones de niños y niñas corren el riesgo de tener que realizar trabajo infantil como consecuencia de la crisis de la COVID-19, lo que podría propiciar su aumento (OIT, 2020).
- Incluso los niños, niñas que ya trabajan podrían tener que hacerlo durante más horas y en peores condiciones -podrían verse obligados realizar trabajos peligrosos, servidumbre-, lo que afectaría significativamente su salud, seguridad integral, desarrollo (OIT, 2020)
En el caso del Ecuador se conoce que el trabajo infantil tiene un aumento importante a partir del año 2015, a continuación, algunos datos relevantes sobre la problemática:
- En el año 2020 “alrededor de 420 000 de niñas, niños y adolescentes se encuentran en situación de trabajo infantil” (World Vision, 2021, pág. 47), en el país.
- “El área rural y la población indígena muestra una mayor prevalencia del trabajo infantil y adolescente” (ibid.).
- “El 73.5% de las niñas, niños, adolescentes trabajan en el sector de la agricultura y ganadería” (World Vision, 2021, pág. 47).
Los datos presentados evidencian la necesidad imperante de redoblar esfuerzos para erradicar el trabajo infantil.
El Estado ecuatoriano, debe formular y/ o retroalimentar las políticas públicas, considerando los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como los tratados internacionales que el país ha firmado que plantean la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y considerando también, la normativa nacional y local desarrollada, para tomar acciones integrales urgentes, que busquen reducir de forma significativa las brechas de desigualdad que vive la población, cuya repercusión lo viven los niños, niñas y adolescentes.
El Consejo de Protección de Derechos, consciente de la importancia de los datos a nivel territorial, para la toma de decisiones oportunas, que permitan enfrentar esta problemática, elaboró el Diagnóstico Situacional sobre el trabajo infantil, en el Distrito Metropolitano de Quito[2] -estudio realizado en noviembre de 2019-, que permitió conocer entre otros datos que:
- 7 de cada 10 niños, niñas que trabajan tienen entre 5 y 14 años, lo cual es prohibido, 3 de cada 10 tienen de 15 a 17 años.
- El área más susceptible cuando hay problemas en un país son las niñas, niños y adolescentes. En Quito en noviembre de 2019 el 3% de ellos trabajaba.
- El 16% de las niñas, niños y adolescentes que trabajan en el DMQ, no estudian.
El documento elaborado por el CPD, permitió la construcción de la Ordenanza Metropolitana Nro. 016-2020 -20 de noviembre de 2020-, con el objetivo de garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes y protegerlos del contra el trabajo infantil, sin duda este es un avance normativo significativo para el Distrito, sin embargo todavía queda mucho por hacer para tener una erradicación significativa del trabajo infantil, que sin duda se la debe hacer en articulación con los actores públicos y privados, tanto con el nivel nacional como local.
Frente a esta realidad el Estado ecuatoriano como garante de derechos debe invertir recursos financieros, técnicos, humanos, suficientes que permita proteger a las familias más empobrecidas, de manera integral para salvaguardar el derecho a una vida digna de los niños, niñas y adolescentes, sobre todo atacando las causas estructurales del trabajo infantil.
El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito, en base a lo expuesto reafirma su compromiso por la defensa, exigibilidad de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes, adicionalmente hacemos un llamado a las instituciones públicas, para que en el marco de sus competencias formulen políticas públicas de prevención y erradicación del trabajo infantil, así mismo instamos a tomar las medidas más pertinentes para generar las condiciones más favorables para el desarrollo de la niñez y adolescencia del país.
Adicionalmente, instamos al nuevo gobierno a generar políticas públicas necesarias, para erradicar progresivamente el trabajo infantil, que existe en el país, solo así se garantizará una sociedad protectora de los niños, niñas y adolescentes.
A la ciudadanía en general hacemos una invitación a no naturalizar el trabajo infantil y a denunciar este tipo de violencia contra los niños, niñas y adolescentes.
JUNTOS PODEMOS PROTEGER A LOS NIÑOS, NIÑAS DEL TRABAJO INFANTIL.
Bibliografía
OIT. (12 de junio de 2020). Recuperado el 08 de junio de 2020, de https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_747587/lang–es/index.htm
ONU. (s/f). Obtenido de https://www.un.org/es/node/76430/
World Vision. (2021). Diagnóstico sobre la situación de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en el Ecuador: Antes y despúes de la declaratoria por el COVID. Ecuador .
[1] Trabajo infantil: “suele definirse como todo trabajo que priva a los niños, niñas de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico” (ONU, s/f)
[2] Información tomada de: https://proteccionderechosquito.gob.ec/2020/05/20/9005953/
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