El pasado 12 de febrero de 2021, el Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito expresó su preocupación por la falta de protección de las niñas, niños y adolescentes en el contexto de la pandemia por COVID-19, frente al anuncio realizado por la Ministra de Educación de un posible retorno a clases, en el comunicado se exhortó al Estado para que cumpla con su rol como garante de derechos, conforme establece la Constitución, la normativa nacional y los instrumentos internacionales suscritos por el Ecuador.
Sorprende que, en un momento tan crítico que vive el país, el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE) emita una resolución en la cual se faculta a 77 centros educativos que previamente han presentado su plan de pilotaje, para que puedan empezar sus clases semipresenciales el 2 de marzo.[1] Esto en el contexto de un Estado debilitado por las decisiones políticas, económicas y sociales del Gobierno Nacional, demostrando total incapacidad para dar respuesta a los problemas evidenciados estas últimas semanas: crisis carcelaria, corrupción en el proceso de vacunación -que incluye una priorización anti ética-, incapacidad para adquirir suficientes vacunas y cubrir la demanda de personal sanitario, adultos/as mayores, niños, niñas, adolescentes, entre otros problemas; y que, en consecuencia, difícilmente podrá asumir -con responsabilidad- el cuidado de la integridad y la vida de cientos de miles de estudiantes en todo el país.
En este contexto, el regreso progresivo a clases no puede ser analizado únicamente desde la voluntariedad de las instituciones educativas que presentan sus propuestas de planes de retorno, pese a las limitaciones técnicas y de infraestructura propias de los planteles educativos, sino como una necesidad de generar una política pública integral que cuente con lineamientos para todas las instituciones del Sistema Educativo (sostenimiento público, privado y fiscomisional).
El derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes no puede ser sorteado entre quienes tienen la capacidad de garantizar condiciones para que este retorno sea en condiciones de seguridad sanitaria y quienes definitivamente no las tienen, como pueden ser las instituciones púbicas que no solo tienen un número importante de estudiantes en cada aula, sino que además carecen por ejemplo del personal de limpieza necesario para garantizar condiciones básicas sanitarias, contrarrestar el deterioro de las instalaciones físicas, entre otros aspectos. Pero, además, que el Estado asuma una política de inmunización efectiva a esta población -estudiantes y trabajadores- en el caso de un posible retorno a clases presenciales.
Durante este tiempo hemos sido testigos de la absoluta indiferencia del Estado para responder a las necesidades de los grupos que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema y esta vez no será la excepción. La ausencia de una mirada integral de la política pública pone en riesgo -sobre todo- a la población más vulnerable, muestra de ello es que ni siquiera en el plan de priorización de vacunas se ha tomado en cuenta al personal docente que mínimamente debería estar vacunado para pensar en un retorno progresivo a clases.
No podemos permitir que organismos internacionales -que han aportado indudablemente a la defensa de derechos de niñas, niños y adolescentes- marquen el camino por el que hay que transitar, tomando como referencia las realidades de otros países y abstrayéndose de los hechos que demuestran la realidad de un Estado debilitado. Y si bien desde este Consejo estamos convencidos que es necesario trabajar sobre mecanismos que garanticen la salud mental de las y los estudiantes, esto es posible también a través de la reestructuración curricular, pues es ahí donde pese a la situación generada por la emergencia sanitaria no ha existido adaptación alguna a esta nueva realidad, sobre todo para dar respuesta a las necesidades identificadas en niñas, niños y adolescentes.
La Constitución de la República establece que el Estado, en todas sus instancias, debe garantizar el acceso y la calidad a la educación inicial, básica y bachillerato mediante la formación integral e inclusiva, tomando en cuenta la interculturalidad, la plurinacionalidad y las lenguas ancestrales, desde un enfoque de derechos y deberes para fortalecer el desarrollo social, económico y cultural. Reconoce, además, a las niñas, niños y adolescente como Grupo de Atención Prioritaria, estableciendo el Interés Superior del Niño como principio orientador de las decisiones de política pública. En este sentido, el retorno debe ser gradual, flexible y seguro, de modo que garantice la integridad personal y la vida de las niñas, niños, adolescentes y sus familias. Además, se debe garantizar la pronta vacunación del personal docente para prevenir focos de contagios en los centros educativos y evitar poner en riesgo su salud y su vida.
Por lo dicho, en cumplimiento de sus competencias, el Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito:
EXHORTA al Estado a cumplir con su rol de garante de derechos a favor de las niñas, niños, adolescentes conforme establece la Constitución y demás normativa legal. Garantizar el derecho a la educación en condiciones de dignidad humana, precautelando la salud y la integridad de las y los estudiantes, así como del personal docente.
EXIGE al Gobierno Nacional, particularmente al Ministerio de Educación, a generar una política pública integral que establezca el retorno a clases en un contexto en el que los niveles de contagio muestren un decrecimiento y no pongan en riesgo la salud y la vida de niñas, niños, adolescentes y sus familias, maestros y maestras. La política debe estar pensada en todas las modalidades de sostenimiento educativo: fiscal, particular y fiscomisional, parte de esta política debe considerar la vacunación al personal docente y administrativo de las instituciones educativas, así como de la población que estudia en dichos planteles.
INSTA al Comité de Operaciones de Emergencia Nacional, al Ministerio de Educación y al Ministerio de Salud a evaluar la planificación, los cronogramas y los procedimientos para la aprobación de solicitudes de retorno a las actividades educativas de manera presencial. Esta evaluación debe ser guiada por la más actualizada evidencia científica disponible y los planes de contingencia por el potencial aumento de casos entre la población con mayor vulnerabilidad.
REQUIERE la coordinación interinstitucional entre el Ministerio de Educación y Salud a fin de que generen una política de salud mental orientada a la niñez y adolescencia en el contexto de la emergencia sanitaria que permita detectar y prevenir situaciones que pongan en riesgo la integridad y la vida de este grupo poblacional.
DEMANDA a todos los organismos de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes a realizar un esfuerzo común para proteger y resguardar los derechos de este grupo de atención prioritaria.
Gissela Chalá Reinoso Sybel Martínez Reinoso
PRESIDENTA DEL CPD DMQ VICEPRESIDENTA DEL CPD
[1] Comité de Operaciones de Emergencia Nacional. Resoluciones del 28 de febrero de 2021. Disponible en: https://www.gestionderiesgos.gob.ec/wp-content/uploads/2021/02/Resolucion-28-de-febrero-v.1.pdf
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