24 de octubre de 2020

En días pasados, la Asociación Latinoamericana para el Desarrollo Alternativo publicó el número de femicidios que se registran desde el 1 de enero al 4 de octubre del presente año; en total se han contabilizado 81 muertes violentas en contra de mujeres en el Ecuador[1]. Cada tres días, al menos una niña, una adolescente o una mujer adulta muere como consecuencia de la violencia femicida en un contexto en el que la implementación de la Ley  Orgánica de Prevención  y Erradicación de la Violencia en Contra de las Mujeres aún sigue siendo una deuda pendiente por parte de un Estado que debe garantizar los derechos humanos y la justicia, pero que aún no ha humanizado su conducta.

La emergencia sanitaria y la crisis económica y social han trastocado las relaciones humanas generando mayores probabilidades de incremento de la violencia, misma que está focalizada principalmente en contra de las mujeres del país, de cualquier edad, procedencia, situación socio económica, etc. El confinamiento establecido para evitar la propagación del virus provocado por la COVID–19 las colocó en una situación de mayor exposición y riesgo de violencia al convivir con sus agresores, de esta forma muchas mujeres -y sus hijos/as- se vieron privadas de la posibilidad de denunciar a sus violentadores y solicitar medidas de protección, lo cual estaría relacionado con las estadísticas de femicidio señaladas.

A través de un medio de prensa[2], este Consejo de Protección de Derechos tuvo conocimiento de un hecho suscitado el día viernes 23 de octubre, en donde una mujer habría sido atacada por tres jóvenes en un sector del norte de la ciudad de Quito, a plena luz del día; en el relato se hace referencia a agresiones físicas, tocamientos y cortes realizados en el pecho, al pretender despojarla de su brasier con un estilete, mientras uno de los agresores filmaba dicho ataque. En el imaginario social se esperaría que un ataque de este nivel podría atribuirse a un asalto; sin embargo, a la víctima no se le habría quitado absolutamente nada, lo que pone en evidencia la brutalidad del ensañamiento de la violencia machista en contra de las mujeres por el hecho de serlo y, aunque hay una pretensión de desvirtuar una posible vinculación a una violación -y más bien hacer referencia a un posible “reto”- esto no es más que la naturalización de la violencia, flagelo que cada día atenta contra la integridad y la vida de cientos de mujeres.

Conforme establece la Ley Orgánica de Prevención y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres, en su Artículo 12: las mujeres tienen derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y libertades contemplados en la Constitución de la República, en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado y en la normativa nacional vigente, que comprende, entre otros, los siguientes derechos: 1. A una vida libre de violencia en el ámbito público y privado, que favorezca su desarrollo y bienestar; 2. Al respeto de su dignidad, integridad, intimidad, autonomía, y a no ser sometida a ninguna forma de discriminación, ni tortura.  Asimismo, en su  Artículo 13, se establece que: la Ley articulará las políticas, planes, programas, proyectos, mecanismos, medidas y acciones necesarias para la prevención de la violencia de género contra las mujeres en el marco del Sistema Nacional de Prevención y Erradicación de la violencia de género contra las mujeres.

Por lo expuesto, el Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito, en cumplimiento de sus competencias y atribuciones:

 RECHAZA todo acto de violencia que atente contra la dignidad y/o ponga en riesgo la integridad y la vida de las mujeres (niñas, adolescentes, adultas mayores) del Distrito Metropolitano de Quito y del país, incluso si fuera minimizada  como “algo que no pasó a mayores”, ya que es la expresión de la cultura machista que reproduce patrones de dominio y abuso de poder de los hombres en contra de las mujeres.

EXIGE al Estado el cumplimiento de su rol de garante de derechos conforme lo estipulado en la Constitución y demás normativa legal, así como en los acuerdos y convenios internacionales suscritos para la garantía y protección de los derechos de este grupo de atención prioritaria.

INSTA a la Secretaría de Derechos Humanos, al Consejo Nacional para la Igualdad de Género, al Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, y a todas las instancias correspondientes, a exigir los recursos necesarios y suficientes para la implementación de la Ley Orgánica de Prevención y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres que se encuentra vigente y que hasta el momento no ha sido materializada.

Al Municipio de Quito, a destinar los recursos económicos suficientes y oportunos, así como los recursos humanos especializados para generar una estrategia local de prevención de la violencia en contra de las Mujeres, en donde se garantice -además- que los espacios públicos sean espacios seguros para las mujeres, sean niñas, adolescentes, adultas, adultas mayores.

 INVITA a la ciudadanía en general a no naturalizar las violencias en contra de las mujeres, a denunciar todo hecho que atente contra su vida e integridad, a asumir desde la corresponsabilidad el compromiso de trastocar las relaciones machistas que ponen en riesgo la dignidad, la integridad y la vida de cientos de mujeres, convirtiéndolas en un número más de las crecientes estadísticas de víctimas de la violencia.

El Consejo de Protección de Derechos continuará vigilante de todos aquellos hechos que perpetúen la violencia machista y la violencia femicida en el Distrito Metropolitano de Quito. 

Gissela Chalá Reinoso

PRESIDENTA DELEGADA DEL ALCALDE AL CPD

Sybel Martínez Reinoso

VICEPRESIDENTA REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL AL CPD

 [1] http://www.fundacionaldea.org/noticias-aldea/fdf3tpkd7mcymrc6c8kf5mygf38shz

[2] https://www.elcomercio.com/actualidad/mujer-agresion-quito-jovenes-video.html

PRONUNCIAMIENTO ATAQUE A MUJER