La Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas, en coordinación con la Conferencia de Mujeres, propuso que cada 23 de septiembre se celebre el “Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas”, como homenaje a la promulgación de la primera ley contra la prostitución infantil, realizada por Argentina en 1913.

En el Informe Mundial sobre la Trata de Personas 2018 realizado por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), se afirma que la explotación sexual y trata de personas se encuentre entre los cinco crímenes más lucrativos a nivel mundial y se estima que afecta a 1,8 millones de personas. En América Latina más del 80% de víctimas son mujeres, y el 37 % de ellas son niñas. Se alerta que en los países andinos (Bolivia y Perú) se detectaron más niños y niñas víctimas que adultos, en el Ecuador, los niños y niñas representan poco menos de la mitad de las víctimas de la trata detectadas.

La trata de personas es considerada una de las formas de esclavitud del siglo XXI, en nuestro país el Código Orgánico Integral Penal (COIP 2014) define en el Art. 91 a la trata de personas como la “captación, transportación, traslado, entrega, acogida o recepción para sí o para un tercero, de una o más personas, ya sea dentro del país o desde o hacia otros países con fines de explotación”, incluyendo siete modalidades de trata de forma expresa y una octava de tipo general, para no dejar fuera ninguna forma de explotación: extracción o comercialización ilegal de órganos; explotación sexual, que incluye la prostitución forzada, el turismo sexual y la pornografía infantil; explotación laboral, incluido el trabajo forzoso, la servidumbre por deudas y el trabajo infantil; matrimonio o unión de hecho servil; adopción ilegal de niñas, niños y adolescentes; mendicidad; reclutamiento forzoso para conflictos armados o para el cometimiento de actos penados por la ley.

 

La Ley Orgánica de Movilidad Humana de Ecuador (2017) define en su Art 117 a la víctima de trata de personas o tráfico ilícito de migrantes como: “La persona que ha sido objeto de captación, transporte, traslado, entrega, acogida o recepción, en el país, desde o hacia otros países, con fines de explotación de la que resulte un provecho material o económico, una ventaja inmaterial o cualquier otro beneficio para un tercero.”

La Dirección de Estudios de la Seguridad y Dirección de Prevención de la Trata de Personas del Ministerio del Interior, presentó en el año 2019 la siguiente información realizada sobre un total de 287 víctimas de trata de personas entre enero de 2017 y diciembre de 2018:

  • El 26% de denuncias sobre trata de personas se realiza en Quito, seguido con el 10% en Manabí, y el 8% en El Oro.
  • Las principales provincias de origen de las víctimas son: Manabí 10%, Guayas 7% y Los Ríos 7%.
  • El 84% de las víctimas son mujeres y el 16% hombres.
  • Según el grupo atareo: El 2% tiene entre 0 y 12 años de edad; el 25% entre13 a 17 años de edad; el 20% entre 18 y 25 años; el 7% entre 26 y 35 años; el 6% entre 36 y 64 años; el 1% tiene más de 65 años.

En noviembre de 2019, el Ministerio de Gobierno presentó el “Plan de Acción contra la Trata de personas en Ecuador 2019-2030”[1] (PACTA) donde se afirma que el Ecuador es un “lugar de origen, tránsito y destino de la trata de personas con distintos fines, tanto en el ámbito interno como en el internacional”. Sobre la base de la información señalada, se identifican algunos patrones:

  • El 83,8% de los casos identificados de trata de personas tiene como finalidad la explotación sexual; el 11% de los casos tiene por fin la explotación laboral, y el resto de casos son otras modalidades como la trata de niñas, niños y adolescentes con fines de adopción ilegal o el reclutamiento forzado para el cometimiento de actos delictivos. En esta fuente oficial no constan casos de trata con fines de mendicidad.
  • El 8% corresponde a trata internacional, y sus víctimas son principalmente mujeres ecuatorianas trasladadas hacia el Perú, y mujeres colombianas captadas en su país de origen y movilizadas al Ecuador con fines de explotación sexual. En el último lustro ha habido casos de trata de mujeres cubanas y venezolanas con este fin; como también de ecuatorianas en Colombia, México y Uruguay.

Con estos datos se concluye que la mayoría de víctimas fueron captadas por personas de su entorno familiar y social, se incrementa el uso de redes sociales para su reclutamiento y la mayor parte de los casos de trata ocurre dentro del país, es decir, que las personas son transportadas de una provincia a otra y no internacionalmente.

La violencia, la pobreza, y exclusión social (clase, etnia, género o edad) son parte de las causas estructurales que unidos a fenómenos como el migratorio, facilita la vulnerabilidad para ser víctimas de redes de trata y del crimen organizado de determinados grupos como las mujeres, niñas y adolescentes. Por ello, garantizar el ejercicio de derechos sociales y económicos de la población es el principal mecanismo para prevenir la trata de personas.

Que este Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas nos invite a reflexionar sobre sus consecuencias, nos comprometa en sensibilizar sobre su no utilización, y en exigir al Gobierno Nacional la necesidad de ejecutar políticas orientadas a la prevención, protección de las víctimas, judicialización y sanción a los responsables de la trata de personas.

[1] https://www.ministeriodegobierno.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2019/12/PLAN-DE-ACCIO%CC%81N-CONTRA-LA-TRATA-DE-PERSONAS-1.pdf

Día Internacional contra la Explotación Sexual 2020 09 21