La Asamblea General de las Naciones Unidas, en Asamblea General el 21 de diciembre de 2010, resuelve declarar el 30 de agosto de cada año el Día Internacional de las víctimas de las Desapariciones Forzadas, esta decisión se enmarca en una profunda preocupación por el “aumento de las desapariciones forzadas o involuntarias en diversas regiones del mundo, como los arrestos, las detenciones, y los secuestros cuando son parte de las desapariciones forzadas o equivalen a ellas, y por el creciente número de denuncias de actos de hostigamiento, maltrato e intimidación padecidos por testigos de desapariciones o familiares de personas desaparecidas” (ONU, s/f).

En el marco de lo señalado la conmemoración de este día es fundamental para no dejar de luchar por los derechos de las personas desaparecidas, sus familias y amigos, mismos que “sufren una angustia mental, ignorando si la víctima aún vive  y, de ser así dónde se encuentra recluida” (ONU, s/f), ente sentimiento se ve agravado cuando no encuentran respuesta en las entidades estatales competentes para conducir una búsqueda oportuna, efectiva.

Amnistía Internacional señala que esta realidad es un problema global y que ha sido también un instrumento ampliamente utilizado por dictaduras militares en su momento. Las desapariciones forzadas se producen en todas las regiones del mundo y en diversos contextos. También son instrumentos en conflictos armados -grupos armados de oposición-, y para reprimir desde los gobiernos a los denominados opositores políticos (Amnistía Internacional, s/f). Es importante señalar que las desapariciones forzadas, vulneran una serie de derechos humanos como:

  • La seguridad y dignidad personales
  • A no sufrir tortura ni otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes
  • Derecho a unas condiciones de detención humanas
  • Derecho a la Personería jurídica
  • Derecho a un juicio justo
  • Derecho a una vida familiar
  • Derecho a la vida -si matan a la persona o si ignoran su suerte- (Ibid.).

En el Ecuador esta realidad también afecta directamente a las familias y a la sociedad en general, de acuerdo, a la Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas -ASFADEC-, en el país “centenares de personas desaparecen en el Ecuador cada año, pero no existe una verdadera búsqueda e investigación por parte de los organismos del Estado ecuatoriano para encontrarlos” (ASFADEC, s/f). En el año 2018 dicha organización en articulación con el Comité de Lucha Contra la Violencia, Desapariciones y Feminicidios -COVIDEFEM-, concluyó en su informe denominado “Inconsistencias de las Cifras Oficiales de las Personas Desaparecidas del Ecuador Periodo 2013-2017” que:

  • El país debe desarrollar políticas públicas claras de coordinación interinstitucional para resolver casos y desarrollar estadística sobre la temática.
  • El país no cuenta con una base de datos consolidados y desglosados sobre las desapariciones -hay inconsistencias en las bases de las instituciones competentes-.
  • Desde el 2013 al 2017 según el reporte de la Fiscalía General del Estado[1] -en el año 2018-, existe un total de 42 953 personas reportadas como desaparecidas (ASFADEC, 2018, p. 37).
  • Del total de las personas desaparecidas el 67.22% son mujeres, ubicandolas en una sitaución de mayor vulnerabilidad.
  • Se detectaron inconsistencias entre los informes de la FGE y la DINASED del año 2018, en relación a la desaparición de 662 personas reportadas como desaparecidas -edades, fechas de desaparición-.
  • La provincia de Pichincha -12 746 personas desaparecidas-, y Guayas -11 039 personas desaparecidas-, son las provincias con mayores reportes de personas desaparecidas anualmente.
  • “La Fiscalía General del Estado señala como principales causas de desaparición los problemas familiares, sociales y “otros”. Estas categorías no son establecidas desde parámetros objetivos, no son rigurosas, y son demasiado amplias y generales, lo cual no permite determinar con certeza cuáles son en realidad los orígenes de las desapariciones en el país (ASFADEC, 2018, p. 37).

El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito, hace un llamado a las autoridades competentes del Estado ecuatoriano a adoptar los procedimientos necesarios -judiciales, administrativos-, para investigar, localizar a las personas sometidas a desaparición forzada y sancionar -garantía de no repetición-, aquellos responsables.

Además, el Consejo de Protección de Derechos  se solidariza con las familias, amigos de las personas desaparecidas y extendemos un reconocimiento por su lucha incansable y permanente por la búsqueda de sus seres queridos y de aquellos que han vivido esta realidad.

 

Bibliografía

Amnistía Internacional. (s/f). Obtenido de https://www.amnesty.org/es/what-we-do/disappearances/

ASFADEC. (30 de Agosto de 2018). Recuperado el 18 de agosto de 2020, de http://asfadec.blogspot.com/2018/08/informe-de-inconsistencias-en-las.html

ASFADEC. (s/f). Recuperado el 18 de agosto de 2020, de https://asfadec.org///somos/

ONU. (s/f). Recuperado el 2020 de agosto de 18, de https://www.un.org/es/observances/victims-enforced-disappearance

 

[1] En adelante se utilizará las siglas FGE, para referirnos a la Fiscalía General del Estado.