La naturalización de ciertas prácticas de abuso de poder son evidencias de corrupción, misma que históricamente se ha manifestado como una práctica individual y colectiva que permea la gestión pública, la debilita, limita y disminuye. Estas dinámicas profundizan las brechas económicas y sociales existentes debido a las vigentes políticas públicas regresivas de derechos, en un contexto en el que, a nombre de la crisis sanitaria y económica, el Gobierno Nacional ha emitido varias medidas que afectan y agudizan la vida de la clase trabajadora, de grupos de atención prioritaria, y de sectores empobrecidos.
Una vez más se hacen públicos hechos que ponen en cuestionamiento la ética y el compromiso de servir a la ciudadanía por parte de varias autoridades de elección popular y servidores públicos que ocupan cargos estratégicos en las funciones del Estado, quienes se habrían beneficiado de acciones afirmativas establecidas para garantizar mejores condiciones de vida y la inclusión real de las personas con discapacidad. Una responsabilidad que, sin duda, no exime a las instituciones y funcionarios que han sido parte de estos hechos fraudulentos.
El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito manifiesta su profunda indignación por este tipo de acciones que ponen en evidencia la falta de control y seguimiento por parte de las instituciones responsables de la emisión del carné de discapacidad, así como la deficiencia en el diseño e implementación de políticas públicas para los grupos de atención prioritaria, lo que ha permitido estas prácticas censurables. Es incomprensible y ofensivo que muchas personas hayan obtenido un carné de discapacidad, en muy corto tiempo, para alcanzar privilegios personales y cuestionables, mientras la mayoría de las personas con discapacidad espera injustificadamente durante largos períodos y extensa tramitología para obtener este documento y los beneficios que conlleva, entre los que se pueden mencionar: el acceso a educación inclusiva, derecho a la salud, empleo, protección social, entre otras condiciones básicas y necesarias para superar el carácter desigual e inequitativo que sufren las personas con discapacidad, más aún cuando viven en situaciones constantes que vulneran sus derechos.
La Constitución del Ecuador (artículos 35 y 47) reconoce a las personas con discapacidad como grupo de atención prioritaria, por lo cual el Estado se obliga al reconocimiento de una serie de medidas a su favor, como la inclusión plena, la obtención de créditos o exoneraciones tributarias o el acceso a servicios, entre otros (artículo 48). La Ley Orgánica de Discapacidades dispone sobre el documento habilitante que acredite la discapacidad como requisito para la obtención de los beneficios que otorga dicha Ley (artículo 12). Asimismo, el Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades establece el beneficio de la importación de vehículos y la exoneración de tributos a favor de las personas con discapacidad (artículos 29 al 31).
Los casos reportados en los medios de comunicación van más allá de las adquisiciones de vehículos de alta gama a menor costo, incluyen también el aprovechamiento de varias acciones afirmativas que benefician a las personas con discapacidad, tales como: ingresos a espectáculos públicos, ayudas técnicas, reducción en los costos de pasajes (aéreos, marítimos, terrestres), rebaja en la matrícula de vehículos, descuentos en el pago del impuesto predial y del impuesto a la renta, devolución del IVA, reducción de pensiones alimenticias, etcétera; beneficios que están pensados por la serie de dificultades y barreras que socialmente existen en perjuicio de las personas con discapacidad. De este modo, la persona que obtiene el carné de discapacidad de forma fraudulenta, además de cometer un acto anti ético y corrupto, evade el pago de impuestos con afectación directa al fisco.
La corrupción sucede tanto por el hecho de que una autoridad decida aprovecharse del cargo que ejerce así como por la permisividad o la posible presión a los servidores públicos que posibilitan que ocurran estos hechos, desconociendo no sólo los preceptos constitucionales de transparencia en el ejercicio de sus funciones, sino también la obligación de ejercer éstas en apego a los valores, contenidos e ideales que regulan los principios integrantes de la norma ética.
Por lo dicho anteriormente, en el marco de sus competencias y atribuciones, el Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito:
EXHORTA al Gobierno Nacional a cumplir con su rol de garante de derechos conforme lo establece la Constitución y demás instrumentos internacionales ratificados por el país para la garantía y protección de las personas con discapacidad.
EXIGE al Ministerio de Salud, CONADIS y Fiscalía General del Estado a realizar las gestiones necesarias para identificar todos los casos en los cuales se ha entregado los carnés de discapacidad de manera fraudulenta, e iniciar las acciones legales correspondientes que establezcan las responsabilidades por estos hechos, tanto a los beneficiarios, como a quienes han facilitado el acceso a los carnés de discapacidad.
CONMINA al Ministerio de Salud Pública a proporcionar un trato prioritario, especializado y diferenciado a niñas, niños y adolescentes que requieren acceder al carné de discapacidad y que actualmente deben pasar por muchas exigencias, como la realización reiterada de exámenes médicos.
EXIGE al CONADIS que convoque a un proceso de veeduría ciudadana respecto al proceso de entrega de los carnés de discapacidad con la participación del Consejo Consultivo de Derechos de las personas con discapacidad, en el Distrito Metropolitano de Quito.
REQUIERE a la Asamblea Nacional que fiscalice a aquellos servidores públicos que injustamente se han beneficiado de estos actos a fin de determinar las responsabilidades y sanciones correspondientes.
INSTA a la Defensoría del Pueblo a trabajar conjuntamente para defender los derechos de la Ciudadanía, con especial atención en la defensa de los grupos de atención prioritaria.
CONVOCA a la ciudadanía -en general- a no tolerar ni naturalizar actos de corrupción e impunidad, a fin de superar estas prácticas que atentan contra el bienestar colectivo y reorientar la convivencia social sobre la base de principios, valores y comportamientos éticos.
El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito continuará vigilante de todas aquellas acciones, políticas públicas o hechos que quebranten la construcción de sociedades más humanas, justas e inclusivas.
Gissela Chalá Reinoso Sybel Martínez Reinoso
PRESIDENTA DEL CPD DMQ VICEPRESIDENTA DEL CPD
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