No cabe duda que el uso de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) han modificado la forma de relacionamiento de las personas en nuestra sociedad, si bien éstas han agilizado la manera en que nos comunicamos, recibimos información y la incorporamos a nuestras vidas, creando una brecha generacional basada en una nueva cultura, costumbres y hábitos donde las niñas, niños y adolescentes (NNA) se han visto afectados pues existen factores de riesgo que generan impactos negativos en su bienestar y desarrollo, teniendo como resultado una serie de conductas relacionadas a la violencia, especialmente sexual, que son perpetrados contra ellos y ellas a través del ciberespacio.

El acceso a internet es un derecho humano inalienable, pues constituye una herramienta de comunicación y participación dentro de la sociedad, que introduce una serie de elementos para el ejercicio y la protección de derechos. No obstante, esto último adquiere especial relevancia cuando debido a la utilización de las TIC los usuarios, en especial NNA, son víctimas de crímenes o delitos contra su integridad personal e indemnidad sexual. El reto está, entonces, en garantizar que los NNA puedan gozar de este derecho de la manera más segura posible y en sincronía con su desarrollo evolutivo, ofreciéndoles alternativas concretas para detener la violencia en su contra en todos los entornos, incluídos los espacios virtuales.

Las TIC, de acuerdo a lo establecido en la Observación General No. 13 (2011) emitida por el Comité de Derechos del Niño pueden presentar graves riesgos para los NNA que van desde abusos sexuales para producir imágenes y grabaciones sonoras de abusos a través de internet y otras TIC; tomar, retocar, permitir que se tomen, distribuir, mostrar, poseer o publicitar fotografías o seudofotografías (morphing) y vídeos indecentes. Así también, la utilización de las TIC por los NNA, en donde pueden ser objeto de intimidación, hostigamiento o acoso (utilización de métodos para atraer a los NNA con fines sexuales), y/o coacción, ser engañados, persuadidos a citarse personalmente con extraños o ser “captados” para hacerlos participar en actividades sexuales y/u obtener de ellos información personal.

En este contexto, con alarma hemos conocido el día de ayer, a través de una noticia emitida por Diario El Comercio, que un hombre y su hijo, de 58 y 38 años, fueron capturados en la provincia de Manabí por pertenecer supuestamente a una red de pornografía infantil. Durante el operativo se rescató a 4 adolescentes que fueron contactadas y seducidas (grooming) a través de un perfil falso vía redes sociales.[1]

Es el uso que se les dé a las TIC en lo cultural, recreativo y educativo el que las convertirá en una excelente herramienta de comunicación o en una peligrosa arma que puede poner en riesgo la integridad de los NNA, es ahí donde todos los esfuerzos que podamos hacer para protegerlos se justifican en sí mismos.

Por lo expuesto, y debido a que la violencia digital en todas sus formas y manifestaciones no se limita a espacios geográficos determinados, derribando así cualquier tipo de barrera que se reduzca a un espectro meramente local, este Consejo, en uso de sus atribuciones:

EXHORTA al Estado ecuatoriano a prevenir la violencia digital en contra de NNA, diseñar e implementar políticas públicas de prevención, protección, asistencia efectiva a las víctimas, y garantizar la utilización segura de las TIC.

REQUIERE a la Asamblea Nacional que garantice que en los marcos normativos estén incorporados los nuevos tipos de violencia que afectan a NNA, en especial aquellos relacionados al abuso y la explotación sexual infantil vinculados a las TIC conforme a lo establecido en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, obligando a los operadores de internet  y a los órganos estatales que filtren el contenido de internet y retiren imágenes con contenido sexual de NNA relacionados al abuso sexual infantil en línea.

SOLICITA  a la Fiscalía General del Estado a crear unidades especializadas en violencia digital, en especial violencia sexual digital, para la persecución penal de delitos de abuso y explotación sexual infantil en línea.

EXIGE al Ministerio de Eduación que promueva el uso adecuado y responsable de las TIC, incorporándolas en su dinámica educativa como instrumentos útiles y positivos para el desarrollo de sus propios fines; garantizando que en las instituciones educativas se enseñe su uso adecuado y responsable, reconociendo que la violencia digital, en especial el ciberacoso, es un problema educativo que debe ser prevenido y atendido.

INSTA a quienes están a cargo del cuidado y formación de los NNA, particularmente a los padres de familia y/o representantes legales, a tomar conciencia de los peligros que enfrentan sus hijos e hijas en el ciberespacio. Es su responsabilidad explicarles su correcto funcionamiento y supervisar su uso, evitando la sobreexposición a la tecnología digital. Recordamos que el uso de redes sociales en el ciberespacio está expresamente prohibido hasta los 14 años.

INVITA a los medios de comunicación a realizar campañas educomunicacionales que coadyuven a prevenir la violencia digital cometida en contra de NNA, tomando todos los recaudos pertinentes a fin de evitar ponerlos en riesgo. Por lo que requerimos se inhiban de realizar concursos, eventos o cualquier otro tipo de actos mediáticos que puedan vulnerar su integridad personal. Hacemos referencia al concurso Pequeños Influencers promocionado y publicitado por la cadena televisiva Ecuavisa. Recordamos a los medios de comunicación que existe un sinnúmero de espacios y formatos mediáticos para la transferencia de archivos y comunicaciones según las distintas tecnologías, a través de los cuales los predadores sexuales captan a sus víctimas utilizando el anonimato o creando perfiles falsos. Motivo suficiente para evitar exponerlos mediáticamente.

CONVOCA a la ciudadanía -en general- a tomar en cuenta que las violencias que se producen contra los NNA en el ciberespacio en relación con las TIC incluyen principalmente: 1) La producción, distribución y uso de materiales que muestren abuso sexual de NNA. 2) La incitación o “preparación” en línea (ganarse la confianza del NNA a través de su fácil acceso a internet y su inocencia para poder llevarlos a situaciones en las que pueden resultar perjudicados). 3) Exposición a materiales dañinos, ilegales e inadecuados para la edad de los NNA, que pueden causarles daño psicológico, daño físico o facilitar otros detrimentos. 4) Acoso e intimidación, incluyendo el ciberacoso.

Este Consejo reconoce que los esfuerzos para prevenir y responder a la violencia contra los NNA deben ser multisectoriales y ajustarse al tipo de violencia en su contra, por lo que reiteramos nuestro compromiso de seguir trabajando en pro de proteger sus derechos.

Gissela Chalá Reinoso                                                                                                    Sybel Martínez Reinoso

PRESIDENTA DELEGADA DEL ALCALDE                                                             VICEPRESIDENTA DEL CPD

AL CONSEJO                                                                                                          RESPRESENTANTES DE SOCIEDAD CIVIL

[1] https://www.elcomercio.com/actualidad/rescate-adolescentes-pornografia-infantil-manabi.html?fbclid=IwAR2GuZXRyJigCz3a6ipIlwd64bns2FSQFspUPx3uTTD5YsZU1E5YE0jUHQY