A partir de año 2011, cada 30 de agosto se conmemora el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, se lo realiza como una oportunidad para que las sociedades y los Estados puedan fortalecer sus acciones para erradicar este problema a la par de evaluar los procesos para la restitución de los derechos de las víctimas y sus familiares.

La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas en su artículo 2 establece que estas deben concebirse como “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”.

Este problema de carácter global, no le es ajeno a Ecuador. Aunque los datos entregados por las entidades competentes en el tema (Fiscalía y DINASED) dan cuenta de un poco más de 45.000 casos registrados desde 1980, de los cuales alrededor de 1600 están aún abiertos[1]; varias organizaciones de la sociedad civil – en especial la Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas (ASFADEC)– han revelado que estas cifras no corresponden a la realidad e incluso entre las informaciones presentadas existen inconsistencias estadísticas.

Esto no es un problema menor, pues señala claramente una de las debilidades del Estado Ecuatoriano para reconocer la magnitud real de lo que implican las desapariciones y por ende tomar medidas adecuadas para la prevención de estos hechos.

A esto se suma que, en muchos casos, los familiares de quienes han desaparecido deben enfrentarse a una serie de trabas, lo que no les permite encontrar soluciones reales e integrales. La carencia de protocolos integrados que sean adecuados a los requerimientos y que permitan una activación rápida frente a las desapariciones, es posiblemente el mayor de los nudos críticos del problema, pues con esto aparecen carencias en los procesos de investigación; manejos pocos adecuados por parte de fiscales e investigadores de los casos; y, otros factores que configuran negligencia en el accionar de algunos funcionarios del sistema judicial.

La estigmatización que en muchos casos sufren las víctimas al ser responsabilizadas de su desaparición también configuran parte de la problemática a las cuales se ven enfrentadas las familias. Esto es algo que como sociedad no lo podemos permitir, pues ni la forma de vestir, ni las condiciones en las que se dio el hecho de la desaparición, ni el estado de la víctima; pueden y deben ser justificativo para permitir que estos hechos sigan sucediendo.

No podemos estar tranquilos y tranquilas mientras exista una sola persona que haya desaparecido. Este es un llamado a la sociedad a activar mecanismos de cuidado y solidaridad entre todos y todas. Y ante todo a las instituciones del Estado a fortalecer su accionar en todos los ámbitos y competencias que a cada institución le corresponde.

Por todo esto, el Consejo de Protección de Derechos se suma a las voces que claman por justicia para quienes han desaparecido y que solicitan agilidad en los procesos de investigación y determinación de los responsables, así como su efectiva sanción y reparación integral. Exigiendo medidas para que nadie nos vuelva a faltar en nuestros hogares.

[1] Tomado de: http://contexto.gk.city/ficheros/claves-entender-las-desapariciones-ecuador/cuantas-personas-desaparecidas-hay-ecuador