En Ecuador las cifras de violencia hacia las mujeres -en particular niñas y adolescentes- son alarmantes. La violencia contra sus cuerpos (léase violación) es una de las formas más crueles y denigrantes que una mujer puede sufrir, indistintamente de su edad, estrato socio económico, educación, etc.; la violencia sexual evidencia a una sociedad patriarcal cuyas normas y comportamientos avalan la superioridad masculina y su derecho al ejercicio irrestricto de su sexualidad versus la sumisión sexual femenina. Esta violencia, que está tremendamente naturalizada, normalizada, trae consecuencias devastadoras para sus vidas; la gravedad de esta situación se profundiza cuando las víctimas quedan embarazadas como consecuencia de la violencia sexual que sufren, siendo obligadas a llevar el embarazo a término contra su voluntad.
Los embarazos producto de este delito aumentan el riesgo de las mujeres a tener afectaciones en su salud física, psíquica y emocional, pudiendo llegar incluso al suicidio. Además, la maternidad forzada (producto de violación) compromete el desarrollo integral de las mujeres, pone en riesgo su proyecto de vida, perpetuando un círculo que reproduce la pobreza y la exclusión.
El embarazo infantil, en cambio, es un grave problema de salud pública que pone en riesgo la vida de la niña (madre) y tiene efectos impactantes en el producto de la violación. El riesgo de defunción materna en adolescentes menores a 16 años es 4 veces más alto que mujeres de 20 a 30 años. (OMS). La tasa de mortalidad de neonatos de adolescentes es 50% más alta que neonatos de mujeres adultas. (OMS)
La existencia de leyes restrictivas que prohíben el aborto por abuso, violencia sexual o malformaciones genéticas graves vulnera el derecho de las mujeres a no ser sometidas a tortura o malos tratos y provoca muertes innecesarias.
Por lo expuesto, conforme Resolución adoptada por el Pleno en sesión de 21 de enero del año en curso, este Consejo:
- Expresa su postura frente al debate que se está llevando al momento sobre la despenalización del aborto, asumiendo que éste no debe ser considerado como un delito en casos de violación, estupro, malformaciones genéticas, incesto e inseminación no consentida.
- Solicita a la Asamblea Nacional que en la reforma del Código Orgánico Integral Penal se incluya la despenalización del aborto en los casos señalados.
- Exhorta a las entidades del Estado, rectoras de las políticas públicas, a abordar con especificidad y especialidad la protección integral de las niñas, adolescentes y de las mujeres, en general, de modo que sus derechos sean exigibles y sus vulneraciones atendidas con celeridad y efectividad.
- Insta que se garantice el acceso de las mujeres en general y de las niñas y adolescentes en particular a servicios de salud sexuales y reproductivos adecuados, eficientes y seguros, que no las vulnere y que las faculte a tomar decisiones informadas y
- Exige a las autoridades responsables de la seguridad ciudadana la intensificación de las medidas de control necesarias para proteger a las mujeres de la violencia machista que frecuentemente termina violentando sexualmente sus cuerpos.
- Exhorta a las autoridades judiciales a sancionar, con la mayor celeridad y rigor de la ley, a los responsables de este execrable delito que afecta a gran número de mujeres.
- Demanda que se garantice el acceso a la protección judicial a niñas, adolescentes y mujeres víctimas de abuso y violencia sexual instaurando, modificando o mejorando procedimientos eficaces para su prevención, investigación y sanción. Recordamos que estos recursos no solo deben limitarse a una disponibilidad formal, sino que también deben ser idóneos para remediar estas graves vulneraciones de derechos.
- Insta a que las autoridades educativas desarrollen procesos de enseñanza – aprendizaje basados en planes de estudio que versen sobre los aspectos cognitivos, psicológicos, físicos y sociales de la sexualidad, de modo que se garantice que la población infanto- juvenil disfrute de salud, bienestar y dignidad, entablando relaciones sociales y sexuales basadas en el respeto. Aclaramos que el acceso responsable a información en materia sexual y reproductiva no acelera las relaciones sexuales precoces, es un derecho humano que -entre otras cosas- permite a las niñas, niños y adolescentes a protegerse en un mundo de violencias y de desigualdad de género.
- Invita a los medios de comunicación, Academia, organizaciones, colectivos sociales y ciudadanía en general, en el marco de la corresponsabilidad, a reflexionar y debatir de forma objetiva, clara, responsable y científica este tema. Entendiéndose que la despenalización del aborto por violación “no legaliza” el aborto en forma general, sino que garantiza el derecho de las mujeres a decidir si continúan o no con un embarazo producto de violencia sexual o malformaciones graves, generando condiciones seguras, adecuadas y dignas para ello.
Este Consejo promoverá espacios de diálogo e incidencia frente al tema, y reitera su compromiso de apoyar esta demanda de las mujeres para lograr que la despenalización del aborto -en los casos señalados- sea una justa decisión para la protección de sus derechos.
Sybel Martínez
VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO DE
PROTECCIÓN DE DERECHOS DEL DMQ
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