Andrea toma alcohol desde los 5 años, refiere alguna vez haber consumido cocaína, así como haber sido violada por uno de sus tíos a los 13, hoy tiene 16, ha estado muy poco tiempo escolarizada, cuatro años a lo mucho,  ella vive con su abuela, su madre no se hace cargo de ella, encerrarla en un cuarto con candado para solo darle de comer, ha sido la solución que encontraron, dizque para contenerla, “…es que Andrea se corta, es agresiva, alucina, tiene alguna discapacidad…”, dicen. Pero ese cuarto y su candado no fueron suficientes para evitar que su padrastro la viole por repetidas ocasiones, para finalmente -y después de agredirla sexualmente bajo los efectos del alcohol- sacarla un domingo, a las dos de la madrugada, y llevarla a la casa de un “amigo” quien también la ultrajó, por veinte dólares. Cuenta la adolescente que el padrastro la dejó con su amigo mientras iba en búsqueda de más alcohol, cuando regresó los encontró en pleno acto, le pegó y sacó a empellones de allí, al hacerlo olvidó los 20 dólares, por eso la obligó a regresar, fue allí donde el amigo de su padrastro culminó el acto, como Andrea gritaba, los vecinos llamaron a la Policía, los dos agresores fueron detenidos.

Pero el drama de Andrea no termina ahí, un mes antes de este hecho atroz, específicamente el 28 de octubre del 2018, acude a flagrancia a pedir ayuda, advierte que la van a violar. Andrea demuestra conocer los mecanismos de denuncia y atención. DINAPEN la lleva a una casa de acogida del Ministerio de Inclusión Económica y Social, MIES, sin ninguna orden judicial, donde le practican un test de escolarización que determina que tiene problemas conductuales y de comportamiento indebido, cuando en realidad es una víctima de violencia sistemática, por esta razón la devuelven a su casa. DINAPEN ingresa el caso a la Junta de Protección de Derechos del DMQ sin mayor información, este organismo avoca conocimiento y pide a DINAPEN ampliar la información, lo hace un mes más tarde, el 29 de noviembre, cuando Andrea ya ha sido violada y ultrajada.

Fiscalía conoce su caso, es un delito flagrante, se le practica el examen médico legal, no cabe duda que ha sido agredida sexualmente pero, por alguna razón inexplicable, el juez dicta prisión preventiva para su padrastro y deja libre al amigo.

En Fiscalía, Andrea alucina, cuenta su historia, está en estado de shock, la Fiscal y su equipo, su psicóloga y secretaria, gestionan una cita emergente en el Hospital Docente de Calderón, pero esta casa de salud no tiene un protocolo de atención para casos de emergencias psiquiátricas, aunque determinan que no puede regresar al hogar. Andrea es trasladada al Hospital Psiquiátrico Julio Endara, ya ha estado allí en consulta externa, nunca internada, pues hasta donde se sabe tiene una discapacidad leve, no un problema psiquiátrico, el equipo de fiscalía logra ingresarla, es un “favor”, pues no hay orden judicial.

Una semana más tarde Andrea es llevada a cámara de Gesell para dar su testimonio anticipado; antes de iniciar -ya en la cámara- se acerca a la psicóloga de la fiscalía, la conoce, le tiene confianza, le ruega que le saque del Julio Endara, “me pegan” le dice, se alza la ropa, tiene grandes hematomas por todo el cuerpo, esto no queda grabado, no forma parte de su testimonio, ella está ahí por violencia sexual, no por maltrato institucional.

Rinde su testimonio y es devuelta al hospital, nadie quiere hacerse cargo, Andrea no tiene a donde ir, parecería ser que el alto costo de pedir ayuda, de estar en el sistema -ineficiente, lento, insensible- es terminar en un Hospital Psiquiátrico

Pasa la Navidad y el Año Nuevo allí, va a completar los dos meses, pese a que el nuevo modelo de salud mental establece un máximo de 21 días de internamiento para una persona, es que no está claro si tiene una discapacidad leve o una discapacidad grave, los informes médicos emitidos por los servicios públicos de salud hablan de discapacidad leve, sin embargo, el carné emitido por el Ministerio de Salud Pública, MSP, dice 64% de discapacidad, justifican el porcentaje argumentando que también suma a la discapacidad los factores biopsicosociales; la Fiscal que atiende el caso, al igual que la Junta de Protección de Derechos, no están tan convencidos, de hecho la Fiscal ha pedido una evaluación neuropsiquiátrica mientras que la Junta ha detenido su pedido de evaluación por tres profesionales expertos hasta que el MSP consolide todos los informes médicos de Andrea y emita un único diagnóstico, evaluarla otra y otra y otra vez es altamente revictimizante.

El MIES no puede ofrecerle una casa de acogida, aduce que para hacerlo debe conocer su grado real de discapacidad, las afectaciones de Andrea son tan graves que requiere, según la Junta de Protección de Derechos, de una medida de protección especial, a medida, en lo posible que la acogiente sea una familia que se encargue de brindarle cuidados, atención y mucha ternura y amor, pero esta figura no existe en el Ecuador, por lo que, seguramente, una casa de acogida, no especializada en el tema, será su destino final.

La Junta de Protección de Derechos ha abierto un expediente al Hospital Julio Endara por presunto maltrato institucional, ellos insisten que Andrea ya no tiene criterios de internamiento, que debe ser dada de alta, ofrecen tratamiento ambulatorio donde quiera que vaya, no se responsabilizan por lo que pueda pasar con ella durante el tiempo que permanezca internada en el hospital, pues hay enfermos psiquiátricos que también son pedófilos y pederastas, alegan.

Por cierto, a Andrea no le dieron anticoncepción de emergencia ni antirretrovirales cuando informó que fue violada, el MSP dice que la DINAPEN debió solicitarlo en el hospital cuando le practicaban el examen médico legal, la DINAPEN guarda silencio. Andrea podría haberse contagiado de una enfermedad sexual, al tiempo de estar embarazada, eso aún no se ha podido determinar.

¿Cómo puede asimilar Andrea tanta transgresión, tanto desamparo? Seguro será evadiéndose, alucinando, cortándose, aislándose del mundo. En la niñez y la adolescencia el organismo reconoce su irrupción aunque la víctima no pueda hacerlo. La traumatización es particular y altamente invasiva, ahonda la indefensión de las víctimas, comprometiendo eventualmente -también hacia etapas sucesivas y la adultez- sus capacidades de autocuidado y autoeficacia.

Se sabe que el maltrato, en especial el abuso sexual, genera daños perdurables -de largo plazo o permanentes- en estructuras y fisiología del cerebro, en funciones como la atención, memoria y aprendizaje, alteración en mecanismos de alerta, de adquisición-extinción del miedo. Y hay otras afecciones como el estrés post traumático y la depresión o los trastornos vinculares, del ánimo, de la personalidad, problemas médicos, sexuales, etcétera.  Es que el abuso es un ataque masivo, caótico, lesivo.

Se supone -y así lo establecen los organismos internacionales y las leyes nacionales y locales- que la mejor forma de proteger a nuestras niñas, niños y adolescentes es estableciendo un sistema de protección (o fortaleciendo uno existente) que implique un obstáculo para todo aquel que quiera o decida vulnerarlos. ¿Pero qué hacer cuando es el propio sistema el que transgrede, desacredita e ignora?

Como Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito hemos iniciado un proceso de observancia, nos hemos reunido con todos los estamentos del estado que, de una u otra manera, han intervenido en el caso, tratando de buscar soluciones eficientes y oportunas a favor de Andrea. Al estar presente en estas reuniones la Secretaria de Seguridad del DMQ, ésta proporcionó un abogado que le patrocine, y dispuso que uno de sus Centros de Equidad y Justicia realice un informe bio psicosocial. Esperamos que esta observancia nos dé suficientes insumos para identificar dónde está fallando el sistema de protección y exigir a las instituciones responsables todas las acciones necesarias para acabar con el drama de ésta y de muchas niñas que, como Andrea, esperan tener una respuesta que alivie su sufrimiento, su desamparo.¡ Ése es su derecho!

No obstante, es devastador pensar que Andrea posiblemente siga esperando, mientras su memoria hará un esfuerzo por registrar y organizar recuerdos -en la mente y en el cuerpo- de modo que pueda seguir viviendo -o más bien sobreviviendo- siendo todavía dependiente de un mundo adulto poco protector e indiferente. En su caso la expresión “a merced de” cobra una dimensión sobrecogedora.

No bastan marcos legales especiales destinados a proteger a las niñas, niños y adolescentes si en la realidad sus derechos no son exigibles, ni sus vulneraciones atendidas como necesitan serlo, Andrea es un vivo y lastimero ejemplo de eso.

Nos anima pensar que los últimos acuerdos logrados en la mesa interinstitucional formada para atender el caso se concreten y podamos, finalmente, proteger a Andrea y concluir que lo sucedido con ella ha sido una falla en el sistema y no un sistema que falla.

 

Dra. Sybel Martinez R.

Vicepresidenta del Consejo de Protección de Derechos DMQ.