El aniversario de la aprobación de la última Constitución de la República del Ecuador marca también la conmemoración de la declaratoria de la Naturaleza como titular de derechos. En su Art. 71, la Constitución señala que “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivo(…)”.

Reconocer como sujeto de derechos a la naturaleza es un hito, Ecuador fue el primer país del mundo en dar ese paso, y sigue siendo un ejemplo hasta el día de hoy. Sin embargo, lejos de que esto signifique únicamente un acto de preservación y responsabilidad, la declaración de la naturaleza como titular de derechos implica la construcción de un marco normativo para exigir la protección y respeto a estos derechos que le han sido reconocidos.

Hoy a 10 años de la aprobación de la Constitución del Ecuador 2008, es importante que nos preguntemos si en realidad se han concebido a la naturaleza como titular de derechos y que hemos hecho como sociedad para respetarlos y protegerlos. El Estado, como garante de derechos, ¿ha impulsado la construcción de la normativa adecuada para el respeto de los derechos de la naturaleza?

Ha pasado una década desde este importante avance en materia de derechos humanos, pero es importante que se emprendan acciones prácticas que materialicen lo declarado en la Constitución y que aún está lejos de ser una realidad.