Según el Código Orgánico Integral Penal, “la trata de personas es la captación, transportación, traslado, entrega, acogida o recepción para sí o para un tercero, de una o más personas, ya sea dentro del país o desde o hacia otros países con fines de explotación[i]”. Se sanciona con penas privativas de libertad que van desde los trece a veintiséis años, dependiendo la gravedad del delito y sus implicaciones, además del uso de personas con algún tipo de vulnerabilidad, por ejemplo, niñas, niños y adolescentes.

La trata de personas es un delito en el que se le convence a una persona a través de engaños o amenazas, para que realice actividades en provecho de otra, es por ello que la trata de personas es considerada la esclavitud del siglo 21.

La Organización Internacional del Trabajo calcula que casi 21 millones de personas en el mundo son víctimas del trabajo forzoso y el sexo, entre estas mujeres, niños y hombres.

A pesar de esto, “en lo que va del año 2018 según datos proporcionados por el Ministerio del Interior, se han rescatado a un total de 47 personas que fueron afectadas por este delito. La trata de personas se desarrolla y mantiene por condiciones de inequidad, exclusión social, discriminación y una cultura que naturaliza la violencia”.[ii]

Desde el Consejo de Protección de Derechos, recordamos el 30 de julio, Día Internacional Contra la Trata de Personas, con un llamado a las entidades estatales y organismos de la sociedad civil para seguir juntado esfuerzos y recursos para erradicar definitivamente este delito.

[i]  Código Orgánico Integral Penal, COIP, artículo 91.

[ii] https://mailchi.mp/7c721a6e136b/boletn-acf-3315577