
El miércoles 20 de diciembre, el Consejo de Protección de Derechos, COMPINA, en transición en coordinación con la Secretaría de Inclusión Social, la Secretaría de Coordinación Territorial y Participación del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, realizó la Asamblea General de los GAP (grupos de atención prioritaria), quienes eligieron a sus delegados a la Comisión de Transición, que será la encargada de impulsar las Asambleas en las que cada grupo elegirá a sus representantes a los Consejos Consultivos y –posteriormente- al Consejo de Protección de Derechos del DMQ, en cumplimiento de la Ordenanza Metropolitana 188.
PROCESO DE CONFORMACIÓN DE LA ASAMBLEA
En la Asamblea participaron alrededor de 90 delegados de los diferentes grupos: de niñez y adolescencia, jóvenes, adultos mayores, mujeres, glbti, personas con discapacidad, personas en movilidad humana, pueblos indígenas. Afros, y defensores de los derechos de naturaleza y animales.
En cada grupo se seleccionaron dos representantes (uno principal y otro suplente) a la Comisión de Transición, misma que será puesta en conocimiento del Pleno del Consejo de Protección de Derechos para su designación, según establece la Ordenanza.
La Comisión de Transición designada se encargará de reglamentar el proceso eleccionario, organizar y ejecutar las elecciones de los Consejos Consultivos de Derechos por cada grupo de atención prioritaria y / o en situación de vulnerabilidad, en un plazo no mayor a 120 días.
Así, en el plazo de 180 días, el Consejo de Protección de Derechos contará con los 12 delegados de sociedad civil, correspondientes a los Grupos de Atención Prioritaria y en situación de vulnerabilidad, contemplados en la Ordenanza 188.
Información de interés:
Titulares de Derechos.- Según la Constitución de la República del Ecuador, artículo 10, se reconocen como titulares de derechos a las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Consejos Consultivos de Derechos.- Son organismos de carácter consultivo, participativo, integrados por los titulares de derechos y/u organizaciones que los representen. Sus objetivos son: asesorar al Consejo de Protección de Derechos, designar sus representantes al mencionado organismo, canalizar las problemáticas y necesidades de los grupos representados y facilitar insumos y/o propuestas de políticas públicas para la protección de derechos.
(Artículo 59 de la Ordenanza 188)
Pleno del Consejo de Protección de Derechos.- Es la máxima instancia de decisión del Consejo de Protección de Derechos y se conforma paritariamente por representantes del Estado y sociedad civil.
Redes de Protección de Derechos.- Son instancias de participación y articulación interinstitucional, con el objetivo de participar en todo el proceso de las políticas públicas, brindar servicios y realizar exigibilidad en el cumplimiento de los derechos ciudadanos.
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